Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Las propinas que reciben los empleados en lugares de trabajo como restaurantes pueden pactarse como salario?
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Las propinas que reciben los empleados en lugares de trabajo como restaurantes pueden pactarse como salario?
Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, señala que para entender qué constituye salario en una relación de trabajo se debe estudiar los artículos 127, 128 y 129 del Código Sustantivo del Trabajo.
Ahora bien, si por la naturaleza del trabajo el empleado se beneficia con el pago de propinas, estas no podrán tomarse como un pago salarial de acuerdo con lo que claramente estipula el artículo 131 del Código Sustantivo del Trabajo, por tal razón, no se podrán tomar como base para liquidar los aportes a seguridad social, ni mucho menos para liquidar las prestaciones sociales.