Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
Si una empresa vincula una persona a través de un contrato de prestación de servicios para el desarrollo de una obra civil, ¿la empresa se encuentra obligada a suministrar elementos de protección personal?
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
Si una empresa vincula una persona a través de un contrato de prestación de servicios para el desarrollo de una obra civil, ¿la empresa se encuentra obligada a suministrar elementos de protección personal?
Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, menciona que cuando una empresa vincula una persona a través de un contrato de prestación de servicios, se suprime para la parte contratante la obligación de efectuar pagos por los siguientes conceptos: prestaciones sociales, aportes de seguridad social, pago de auxilio de transporte, reconocimiento del pago de horas extras, entre otros, debido a que estos pagos se derivan de una relación de trabajo.
Recordemos que las personas que prestan servicios, lo deben de hacer de forma autónoma, razón por la que la empresa tampoco se encuentra obligada a entregar elementos de protección personal cuando se está ejecutando una obra civil.