Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Cómo debe ser tratado un crédito de libranza tomado por un trabajador cuando este cambia de empleo?
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Cómo debe ser tratado un crédito de libranza tomado por un trabajador cuando este cambia de empleo?
Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral señala que, por regla general, cuando una empresa vincula a una persona mediante un contrato de trabajo se encuentra facultada para efectuar algunos descuentos sin previa autorización del trabajador, como, por ejemplo, los descuentos de aportes a salud y pensión que equivalen al 4 % cada uno.
Sin embargo, no ocurre lo mismo con los descuentos sobre créditos de libranza, porque para la aplicación de los mismos se requiere la previa autorización del trabajador, según las indicaciones dadas en el artículo 149 del Código Sustantivo del Trabajo.
Por otra parte, conviene tener presente que, si el empleado cambia de trabajo, será este quien tenga la obligación de informar a la nueva empresa sobre el crédito de libranza adquirido para que se continúe con el respectivo descuento de nómina.