Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Qué aspectos laborales deben ser considerados para realizar el pago de la segunda quincena cuando el mes tiene 31 o 28 días?
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Qué aspectos laborales deben ser considerados para realizar el pago de la segunda quincena cuando el mes tiene 31 o 28 días?
Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, afirma que por regla general y para efectos de realizar los pagos de acreencias laborales, los meses se toman con base a 30 días, indistintamente de que algunos tengan por ejemplo 31 días; razón por la cual no podrá ser sumado un día de más para los pagos en mención, o restar 2 si el mes fuera de 28 días, como ocurre en febrero.
Otro punto que conviene tener presente respecto a los pagos laborales es que las horas extras y recargos pueden ser cancelados en el mes siguiente, puesto que así lo señala el artículo 134 del Código Sustantivo del Trabajo.