Todos los profesionales contables pueden hacer sus comentarios hasta el 13 de diciembre de 2019. La propuesta está basada en modificaciones hechas a la NIIF 9, la NIC 39 y la NIIF 7. Seis nuevos elementos se añaden a la taxonomía de las Normas Internacionales de Información Financiera.
Todos los profesionales contables pueden hacer sus comentarios hasta el 13 de diciembre de 2019. La propuesta está basada en modificaciones hechas a la NIIF 9, la NIC 39 y la NIIF 7. Seis nuevos elementos se añaden a la taxonomía de las Normas Internacionales de Información Financiera.
En septiembre de 2019 el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad –IASB– emitió el documento Intereses. Reforma del Índice de Referencia, el cual modificó la NIIF 9, la NIC 39 y la NIIF 7.
Desde el punto de vista del IASB, las enmiendas requieren revelaciones cualitativas y cuantitativas para permitirles a los usuarios de estados financieros comprender cómo las relaciones de cobertura de una entidad se ven afectadas por la incertidumbre derivada de la reforma de los tipos de interés de referencia.
Esta propuesta de actualización de la taxonomía de las Normas Internacionales de Información Financiera refleja la divulgación de los requisitos introducidos por las enmiendas.
Dentro de la propuesta se añaden seis nuevos elementos a la taxonomía de las Normas Internacionales de Información Financiera, tomando como base el marco de la reforma.
Algunos puntos de revelación son:
La Junta también propone crear bloques de texto sobre los cuales se etiqueten las divulgaciones informadas en varios formatos: textos o tablas dentro de los informes electrónicos con una desagregación especifica.
Los profesionales contables que quieran enviar comentarios sobre estas propuestas lo pueden hacer hasta el 13 de diciembre de 2019. No está de más recordar que las modificaciones se aplicarán a los períodos anuales a partir del 1 de enero de 2020.
En su análisis NIIF 9 Instrumentos financieros: Lo que hay que saber desde la perspectiva de las empresas no financieras, Deloitte afirma que la versión definitiva de la NIIF 9 – Instrumentos financieros se emitió el 24 de julio de 2014, integrando los capítulos de clasificación y valoración, y deterioro y contabilidad de coberturas, en que se había dividido su emisión parcial en el largo proyecto de sustitución de la NIC 39 – Instrumentos financieros: reconocimiento y valoración.
La norma entró en vigor para los ejercicios anuales iniciados desde el 1 de enero de 2018, y se permitió su aplicación anticipada. La NIIF 9 se aplicará de forma retroactiva, con ciertas excepciones, aunque no se exige reexpresar los períodos comparativos.
El enfoque conceptual de la NIIF 9 es completamente distinto al de la NIC 39 y constituye una norma que introduce mejoras al modelo actual. Sin embargo, tiene un alcance muy similar al de la NIC 39, de modo que los instrumentos financieros que se encuentran dentro del alcance de esta última también lo están para la NIIF 9. Adicionalmente, la NIIF 9 toca otros asuntos: