Entidad les respetará los beneficios a los contribuyentes y ciudadanos que hayan radicado su solicitud ante la SDH antes del 21 de octubre.
Entidad les respetará los beneficios a los contribuyentes y ciudadanos que hayan radicado su solicitud ante la SDH antes del 21 de octubre.
La Secretaría Distrital de Hacienda -SDH- acatará la decisión de la Corte Constitucional de declarar inexequible al artículo 7 del Decreto Legislativo 678 de 2020, que les permitía a las entidades territoriales aliviar el pago de impuestos, tasas, contribuciones o multas de obligaciones no tributarias de años anteriores.
Es así como, mediante la Resolución 000452 del 20 de octubre de 2020, la entidad indicó que respetará los beneficios a los contribuyentes y ciudadanos que hayan radicado su solicitud ante la SDH, antes del 21 de octubre, manifestando su intención expresa de acogerse a lo establecido en el artículo 7 del Decreto Legislativo 678 de 2020.
La entidad explicó que a quienes no se les ha podido generar recibo de pago a causa de la contingencia informática, podrán pagar sus obligaciones tributarias y no tributarias, previo envío de los recibos oficiales de pago por parte de la Secretaría Distrital de Hacienda dentro de los plazos establecidos en estos documentos.
Fuente: Secretaría de Hacienda Distrital.