Un contador público competente posee competencias técnicas, habilidades profesionales y valores, ética y actitudes profesionales.
Aunque la ética y la moral podrían no oponerse, y sus definiciones son aparentemente similares, la moral cambia de sociedad en sociedad.
Un contador público competente posee competencias técnicas, habilidades profesionales y valores, ética y actitudes profesionales.
Aunque la ética y la moral podrían no oponerse, y sus definiciones son aparentemente similares, la moral cambia de sociedad en sociedad.
El Consejo de Normas Internacionales de Ética para Contadores –IESBA, por sus siglas en inglés– se enfoca en la formación, desarrollo y evaluación de los profesionales contables. La entidad busca la mejora continua y el establecimiento de buenas prácticas entre los contadores públicos.
Uno de los principales aportes del IESBA es la definición de “ser competente” como profesional contable, sin importar que sea aspirante a contador o contador público profesional.
Al hablar de competencia profesional, como lo explica la Asociación Interamericana de Contabilidad –AIC–, se refiere a tres elementos: 1) la competencia técnica, 2) las habilidades profesionales y 3) los valores, ética y actitudes profesionales.
Frente a lo relacionado con los valores, ética y actitudes profesionales, el IESBA indica lo siguiente:
“si para los futuros profesionales de la contabilidad los valores, la ética y las actitudes profesionales son importantes; es esencial que no perciban a los mismos como periféricos en sus programas de formación”.
La entidad sugiere algunas prácticas que las organizaciones involucradas en la formación de profesionales contables deberían contrastar con su realidad vigente.
Gloria Blanco, directora de Auditoría en Cabrera International S. A., afirma en el artículo Formación de nuevos contadores en ética que, aunque el Código de Ética establecido en la Ley 43 de 1990 es coherente con el Código de Ética del IESBA, «consideramos que en el ámbito académico, la formación del profesional debe estar centrada en principios éticos universales y aplicables en diferentes contextos, independiente de las normas y concepciones morales del contador o de la institución que imparte la formación».
Si bien la ética y la moral podrían no oponerse, y sus definiciones son aparentemente similares, Blanco dice que la moral cambia de sociedad en sociedad, por lo que, al definir un código con lineamientos y definiciones en términos de moral, se pierde su carácter de aplicación general y objetiva, independiente de las costumbres, principios religiosos y contexto cultural en el que se desempeña el contador.
Blanco explica que el Código de Ética del IESBA busca ser aplicable en un contexto global y modelo para la profesión del contador público, al margen de diferencias culturales y de alcance. Por lo tanto, usa términos asociados con la ética de forma objetiva, buscando definir principios en el ámbito de la ética y no de la moral, como sí lo hace el Código de Ética establecido en la Ley 43 de 1990, en el que se hace referencia a lo que debe ser la ética y moral del contador.
En el campo del ejercicio contable, el Código de Ética del IESBA se concentra en la obligación del contador en “sujetar su conducta pública y privada a los más elevados preceptos de la moral universal”, destacando los siguientes aspectos: