En Colombia las personas naturales pagan diversos tipos de impuestos a las entidades encargadas, por lo tanto, se denominan contribuyentes. No obstante, se debe tener en cuenta que, con base en la normativa tributaria, no todas las personas naturales son consideradas declarantes de renta.
En Colombia las personas naturales pagan diversos tipos de impuestos a las entidades encargadas, por lo tanto, se denominan contribuyentes. No obstante, se debe tener en cuenta que, con base en la normativa tributaria, no todas las personas naturales son consideradas declarantes de renta.
Por esta razón, se debe determinar si una persona natural es declarante con base a los requisitos establecidos en el artículo 592 del Estatuto Tributario. Si se concluye que no está obligada a declarar renta, estas personas no realizan el proceso de preparación y presentación. No obstante, las personas a quienes se les haya practicado retenciones durante el año gravable y no tienen la obligación podrán realizar una declaración voluntaria del impuesto de renta.
Teniendo en cuenta lo anterior, las personas naturales que sean trabajadores independientes no obligadas a declarar deben generar un certificado donde informen esta situación. Este documento se denomina certificado de ingresos, regulado por el Decreto 836 de 1991, y debe ser expedido y firmado por los mismos contribuyentes bajo gravedad de juramento; puede ser presentado ante la entidad que lo solicite, teniendo en cuenta que no es necesario autenticarlo ante notarías ni presentarlo ante la administración de impuestos. Por otro lado, si es un empleado, la empresa es la encargada de expedirle el certificado de ingresos y retenciones en los plazos establecidos por la ley.