El independiente afiliado y cotizante del sistema de salud tendrá el derecho a solicitar su licencia de maternidad, ya sea como madre biológica, adoptante o padre que quede a cargo del recién nacido. Con esto en mente, compartimos esta guía con la cual podrá elaborar dicha solicitud.
El independiente afiliado y cotizante del sistema de salud tendrá el derecho a solicitar su licencia de maternidad, ya sea como madre biológica, adoptante o padre que quede a cargo del recién nacido.
Con esto en mente, compartimos esta guía con la cual podrás elaborar dicha solicitud.
Si bien la licencia de maternidad se puede presentar en diferentes casos para la madre biológica, por ejemplo, cuando hay un recién nacido vivo, un parto prematuro, maternidad posparto, entre otros (para ampliar esta información le invitamos a revisar nuestra matriz Licencias de maternidad y paternidad: tipos y características), los términos de la misma se hacen extensivos para otros casos, a saber:
Con esto en mente, hemos elaborado este modelo de solicitud de licencia de maternidad para el caso de una trabajadora (o trabajador) independiente que se deberá interponer ante la EPS al que ha estado cotizando dicha solicitud. Tenga en cuenta que, aunque la licencia de maternidad se puede otorgar en diferentes casos, este ejemplo se ha elaborado teniendo en cuenta que la licencia se concede para una madre que ha tenido su recién nacido. Sin embargo, usted podrá adecuar este formato en caso de que se trate de otro tipo de licencia.
En cuanto a los requisitos, habrá lugar al reconocimiento de la licencia de maternidad si a la fecha del parto se ha pagado la totalidad de las cotizaciones adeudadas con los respectivos intereses de mora por el período de gestación. La licencia se pagará de manera proporcional al tiempo que el solicitante haya cotizado (artículos 2.1.13.1 al 2.1.13.2 del Decreto 780 de 2016).
Vale la pena aclarar que si la trabajadora independiente presentó un ingreso base de cotización de un salario mínimo legal mensual vigente y cotizó un período inferior al de gestación, tendrá derecho al reconocimiento de la licencia así: si ha dejado de cotizar hasta por dos períodos, recibirá el pago completo de la licencia; y si ha dejado de cotizar por más de dos períodos, se procederá al pago proporcional de la licencia.