Cuando la retención en la fuente se presenta sin pago, la Dian tiene la facultad de declarar su ineficacia, y el contribuyente debe presentarla nuevamente con la liquidación de la sanción de extemporaneidad.
Con esta publicación podrás comprender detalladamente cómo funciona este mecanismo y cuáles son sus efectos en la tributación.
Cuando la retención en la fuente se presenta sin pago, la Dian tiene la facultad de declarar su ineficacia, y el contribuyente debe presentarla nuevamente con la liquidación de la sanción de extemporaneidad.
Con esta publicación podrás comprender detalladamente cómo funciona este mecanismo y cuáles son sus efectos en la tributación.
El mecanismo de retención en la fuente fue diseñado por la Dian con el objetivo de recaudar de manera anticipada impuestos, como el de la renta y el IVA.
Para tal fin, los contribuyentes que califican como agentes de retención deben presentar con una periodicidad mensual el formulario 350, incluso sin pago, pero ajustándose a los dos meses de plazo de que trata el artículo 580-1 del Estatuto Tributario –ET– para que la declaración tenga validez.
—> Descarga aquí una muestra gratuita de esta publicación <—
Cuando la retención en la fuente se presenta sin pago, la Dian tiene la facultad de declarar su ineficacia, lo cual genera para el contribuyente la obligación de presentarla nuevamente con su respectiva liquidación de la sanción de extemporaneidad.
Otra de las diversas consecuencias que trae el no presentar y pagar las retenciones en la fuente correctamente es la sanción prevista en el artículo 402 del Código Penal, que establece de 48 a 108 meses de prisión para el contribuyente.