Las personas que no hayan declarado por el año gravable 2018, o las que en dicho año hayan declarado un impuesto neto de renta inferior a 71 UVT, no podrán acoger su declaración del año gravable 2019 al beneficio de auditoría.
Las personas que no hayan declarado por el año gravable 2018, o las que en dicho año hayan declarado un impuesto neto de renta inferior a 71 UVT, no podrán acoger su declaración del año gravable 2019 al beneficio de auditoría.