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Actualización Laboral 2013: Prestaciones sociales y especiales, vacaciones

CASOS PRÁCTICOS, Derecho Laboral Publicado: 1 de octubre de 2013

Las vacaciones son un derecho que tiene todo trabajador para disfrutar un tiempo de descanso remunerado pagado por el empleador, que será de 15 días hábiles consecutivos por cada año de servicio. Se paga proporcionalmente por cualquier tiempo laborado si al finalizar el contrato de trabajo el empleado no las disfrutó.

Manual de convivencia, su composición y ejecución de multas

CASOS PRÁCTICOS, Propiedad Horizontal Publicado: 26 de septiembre de 2013

El solo hecho que la comunidad se reuna y genere decisiones tomadas en derecho, y quedar plasmada en un acta, con esto se pueden hacer efectivas las multas. Lo que no se puede hacer es que si el manual de convivencia, independiente que este elevado a escritura pública, si no contempla las sanciones no se pueden imponer. Da mayor veracidad y posibilidades de ejecución cuando está protocolizado, pero no significa que lo demás no sea aplicable.

Actualización Laboral 2013: Prestaciones sociales y especiales: cesantías

CASOS PRÁCTICOS, Derecho Laboral Publicado: 24 de septiembre de 2013

Las cesantías son una prestación social a cargo de todo empleador, cuyo fin es un ahorro que tiene el trabajador para: cuando esté desempleado; invertirlas en el pago de sus estudios, el de su cónyuge o compañera o el de sus hijos; para compra, mejora o liberación de gravámenes de su vivienda o de su cónyuge o compañero permanente.

Actualización Laboral 2013: Prestaciones sociales y especiales: prima de servicios

CASOS PRÁCTICOS, Derecho Laboral Publicado: 24 de septiembre de 2013

Es una prestación social que debe pagar todo empleador cuyo fin es que de alguna manera los trabajadores también disfruten por las utilidades que arroja la empresa (Excepto Servicio Doméstico).

[Especial] Novedades de las utilidades contables no gravadas, renta presuntiva y el AIU luego de la Ley 1607 de 2012

CASOS PRÁCTICOS, Impuestos Publicado: 19 de septiembre de 2013

La Ley 1607 de diciembre de 2012 introdujo cambios importantes aplicables al año 2013 y siguientes relacionados con el cálculo de las utilidades contables no gravadas en cabeza de socios y el manejo fiscal del AIU como referente para calcular el IVA y las retenciones en ciertos servicios. De igual forma, en relación con la Renta presutiva la Ley 1607 dispuso que la misma se tendrá que convertir en todos los casos en la base mínima para calcular el nuevo impuesto a la renta para la equidad y hasta se modificó el nivel del valor de la casa de habitación que las personas naturales podrán restar en dicho cálculo. Todos estos importantes cambios serán comentados en esta conferencia.

Novedades en el cálculo de las utilidades contables no gravadas luego de la Ley 1607 de 2012

CASOS PRÁCTICOS, Impuestos Publicado: 19 de septiembre de 2013

Los artículos 30 y 49 del E.T. fueron modificados con los artículos 90 y 92 de la Ley 1607 de diciembre de 2012, y como consecuencia de ello, a partir del año 2013, se producen las siguientes novedades:

Novedades de la Ley 1607 en relación con el manejo fiscal del AIU

CASOS PRÁCTICOS, Impuestos Publicado: 19 de septiembre de 2013

El AIU (Administración, Imprevistos y Utilidad) solo se puede tomar como base especial para generar el IVA en los siguientes casos permitidos por la norma:

Novedades en relación con la Renta Presuntiva luego de la Ley 1607 de 2012

CASOS PRÁCTICOS, Impuestos Publicado: 19 de septiembre de 2013

En el caso de las personas jurídicas y su cálculo de la renta presuntiva, la Ley 1607 no cambió la tarifa (sigue siendo el 3%), ni los factores de depuración (siguen siendo los del art. 189 del E.T), ni los casos en que quedan exonerados de calcularla (art. 191 del E.T. y art. 4 de la Ley 1429 de 2010).

Diversos riesgos que se presentan en la propiedad horizontal

CASOS PRÁCTICOS, Propiedad Horizontal Publicado: 19 de septiembre de 2013

Cualquier tipo de organización o de persona no requiere de condiciones específicas para estar frente al riesgo. Por tal motivo, hay que medir los riesgos porque se debe responder. Para efectos de la P.H. hay que pasar por los copropietarios y los entes de esta para protegerse. Es importante conocer cuáles pueden ser los riesgos que se presentan en la P.H. y a continuación se explican. Recuerde que el objetivo es siempre minimizar la incertidumbre de la ocurrencia de los hechos.

Consejo Técnico: personas naturales no incluirán activos personales para efectos del Decreto 2706

CASOS PRÁCTICOS, Estándares Internacionales Publicado: 18 de septiembre de 2013

En su Concepto 032 de junio 27 de 2013 el Consejo Técnico hizo su interpretación al párrafo 14.2 del marco normativo contable del Decreto 2706 de 2012, para concluir que en la contabilidad de un microempresario solo deben figurar los activos, directamente relacionados con la microempresa.