En esta cuarta parte, el Dr. Coral toca el tema de los descuentos en el salario y presenta una serie de diferencias entre los que necesitan autorización del trabajador y los que no lo necesitan. De igual manera, toca ítems como los adelantos y préstamos de salario.
En esta tercera parte, el Dr. Alexander Coral, recuerda que por regla general, la jornada laboral consta de un máximo de ocho horas diarias, 48 semanales. De igual manera, se pueden laborar hasta dos horas más como horas extras, sin que excedan 12 horas a la semana. Cabe destacar que los domingos y festivos se descansa, y los sábados si la empresa no labora.
Así lo dispone la norma contenida en el Art. 24 del Decreto 4023 de octubre 28 de 2011 con el cual se reglamentó la norma del artículo 159 de la Ley 1450 de junio de 2011. Las incapacidades y licencias se le tendrán que cobrar directamente a cada EPS (pública o privada). Aunque este cambio en el diligenciamiento de la PILA empezaría a aplicar desde mayo de 2012, el decreto 825 de abril 25 de 2012 postergó su aplicación tres meses más.
En esta presentación se analiza, la manera de comprobar la partida doble después del registro de los hechos económicos, además de la explicación y aplicación de la llamada «ecuación patrimonial».
En atención a que la Ley de Infancia y Adolescencia establece la obligación de solicitar permiso para trabajar a los menores de edad, se ha generado la duda respecto a los que van a celebrar contrato de aprendizaje. No es necesario y aquí explicamos por qué.
Son varias e importantes las similitudes y diferencias que existen entre este tipo de contribuyentes frente al impuesto de Renta. Aquí mencionamos algunas de ellas.
Tanto el dueño del inmueble como el comerciante que lo alquila para instalar su establecimiento de comercio, tienen confusión sobre cuándo se da la prórroga automática del arrendamiento, sus efectos, las indemnizaciones por su incumplimiento, etc. En esta conferencia, en pocos minutos, se explica el tema.
En su Concepto 220-066249 del 23 de mayo de 2011 la Supersociedades aclaró que de acuerdo al Art. 34 y siguientes de la Ley 223 de 1995, serían sólo las sociedades y otros entes con personería jurídica, al igual que las personas naturales comerciantes, los que quedan obligados a expedir Estados Financieros. Pero si los consorcios no tienen personería jurídica, entonces no quedan obligados a emitirlos.
En esta segunda parte, el Dr. Alexander Coral expone las diferencias entre las Cooperativas de Trabajo Asociado y las Empresas de Servicios Temporales. Cabe recordar que el personal requerido en toda institución o empresa pública/privada para el desarrollo de las actividades misionales permanentes no podrá estar vinculado a través de CTA que hagan intermediación laboral u otra modalidad de vinculación que afecte los derechos constitucionales, legales y prestacionales, según el Código Laboral.
Es muy común usar las expresiones utilidades y dividendos como si fueran similares, pero técnicamente son distintas, al punto que si no existe utilidades, no existiría dividendos.