Ministerio de Hacienda. Por medio del cual se modifican el artículo 6°, el parágrafo del artículo 9, y el artículo 13 del Decreto 699 de 2013 y se dictan otras disposiciones.
Ministerio del Trabajo. Por el cual se reglamenta el parágrafo 5° del artículo 11 de la Ley 1562 de 2012 y se dictan otras disposiciones.
Ministerio de Comercio. Por el cual se implementan compromisos de acceso a los mercados adquiridos por Colombia en virtud del Acuerdo Comercial entre Colombia y el Perú, por una parte, y la Unión Europea y sus Estados Miembros, por otra, firmado en la ciudad de Bruselas el 26 de junio de 2012.
Ministerio de Protección Social. Por el cual se amplía la vigencia del mecanismo transitorio para garantizar la afiliación al Régimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Departamento Administrativo de la Función Pública. Por el cual se establece la prima de servicios para el personal docente y directivo docente oficial de las instituciones educativas de preescolar, básica y media.
Ministerio de Comercio. Por el cual se da aplicación provisional al “Acuerdo Comercial entre Colombia y el Perú, por una parte, y la Unión Europea y sus Estados Miembros, por otra”, firmado en Bruselas, Bélgica, el 26 de junio de 2012.
Departamento Nacional de Planeación. Por el cual se reglamenta el sistema de compras y contratación pública.
Ministerio de Hacienda. Por el cual se corrigen yerros en el artículo 1° del Decreto número 1243 de 2013 y se dictan otras disposiciones.
Ministerio del Trabajo. Por el cual se prorroga el plazo concedido en el artículo 52 del Decreto número 722 de 2013.
Ministerio de Educación Nacional. Por medio del cual se reglamenta el Apoyo Académico Especial regulado en la Ley 1384 de 2010 y Ley 1388 de 2010 para la población menor de 18 años.