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Concepto 23270 del 28-08-2017

Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 28 de agosto de 2017

Por medio del Concepto 23270 de agosto 28 de 2017, la Dian precisa acerca de la deducibilidad de los pagos por concepto de regalías originadas por intangibles.

De esta manera, mediante la doctrina en referencia, la entidad señala que, cuando el pago sea realizado por una filial, sucursal, subsidiaria o agencia en Colombia de sociedades extranjeras a sus casas matrices u oficinas del exterior, no será deducible en el impuesto sobre la renta y complementario si corresponde a la explotación de un intangible formado en el territorio nacional, o bien cuando estén asociadas a la adquisición de productos terminados.

Concepto 023281 de 28-08-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 28 de agosto de 2017

Las disposiciones contenidas en el artículo 192 de la Ley 1819 de 2016, referentes a una tarifa especial del IVA para los contratistas que hubiesen suscrito contratos con entidades públicas en el 2016, son aplicables a todo tipo de contrato celebrado por un entidad pública o estatal si pertenece al régimen de contratación pública, toda vez que se trata de una excepción al régimen del impuesto sobre las ventas. Este último, que es un impuesto de naturaleza real el cual se configura con la realización de uno de los presupuestos definidos en la ley como hecho generador del impuesto. Por tanto, debe resaltarse que el artículo 192 de la Ley 1819 de 2016, no aplica para los casos de contratación con el sector privado o régimen de contratación privada, en donde lo procedente es aplicar la tarifa vigente para el año 2016 o 2017, de acuerdo con la fecha de suscripción y naturaleza de las negociaciones de bienes o servicios que corresponda.

Concepto 023114 de 28-08-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 28 de agosto de 2017

La Dian recuerda que la introducción a zona franca permanente de bienes procedentes de otros países por parte de los usuarios no se considera importación; por tanto, el ingreso de dichos bienes no genera el IVA y solo requerirá que los mismos aparezcan en el documento de transporte consignados o endosados a favor de un usuario de la zona franca. Asimismo, precisa que en la importación de bienes desde zona franca al resto del territorio aduanero nacional, se debe causar el IVA al momento de la importación en cabeza del importador, de tal manera que el usuario industrial debe facturar sin IVA, y por ello, no proceden impuestos descontables para el usuario.

Oficio 023295 de 28-08-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 28 de agosto de 2017

La entrega en bolsas plásticas de los productos objeto de servicios prestados por parte de una empresa de lavandería, no genera el Impuesto Nacional al Consumo de Bolsas Plásticas, en razón a que no se ajusta la situación fáctica al hecho generador del tributo, conforme a lo estipulado en el artículo 207 de la Ley 1819 de 2016.

Concepto 023300 de 28-08-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 28 de agosto de 2017

La Dian precisa que el régimen de monotributo corresponde a un tributo de causación integral que sustituye exclusivamente al impuesto sobre la renta y complementario. Uno de los requisitos esenciales para cogerse voluntariamente al régimen de monotributo es el haber obtenido ingresos brutos ordinarios o extraordinarios iguales o superiores a 1.400 UVT e inferiores a 3.500 UVT. De acuerdo a las normas que rigen la materia bajo estudio, y siendo una de ellas el numeral 1 del artículo 499 del ET, es dable inferir que quien se acoja al régimen de monotributo debe ser sujeto perteneciente al régimen simplificado. Al respecto, cabe señalar que los sujetos pertenecientes al régimen simplificado que voluntariamente decidieron acogerse al régimen de monotributo deberán seguir cumpliendo con la exigencia descrita en el artículo 616 del ET, esto es, llevar libro fiscal de registro de operaciones.

Concepto 23131 de 28-08-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 28 de agosto de 2017

La Dian reiteró que, en la importación de productos procedentes de una zona franca, estos no harán parte de la base gravable para efectos del IVA, según lo dispuesto en el artículo 112 del Decreto 2147 de 2016 y otras disposiciones del Estatuto Tributario.

Concepto 023289 de 28-08-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 28 de agosto de 2017

Al resolver la consulta sobre si son responsables del impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas los depósitos francos, la Dian precisa que al ser estos conforme al artículo 63 del Decreto 2685 de 1999 “aquellos lugares habilitados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para el almacenamiento, exhibición y venta de mercancías a viajeros que ingresen o salgan del territorio aduanero nacional” y además sobre los cuales no procede el pago de tributos aduaneros y del impuesto al consumo, de acuerdo con el artículo 64 del Estatuto Aduanero, precisando que en el Decreto 390 de 2016 esta norma se mantuvo en su esencia, exponiendo en el artículo 433 al respecto, que “las mercancías de procedencia extranjera que se vendan a los viajeros que salen al exterior, estarán libres del pago de derechos e impuestos”. Por lo anterior, la Dian señala que el impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas no es aplicable en el caso de los depósitos francos, debido a que como se observa, existe dentro del ordenamiento jurídico actual una exclusión del pago de todo tipo de derechos e impuestos.

Concepto 023249 de 28-08-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 28 de agosto de 2017

Los clubes deportivos y clubes promotores, se enmarcan dentro del derecho privado, sin que la ley exija que su conformación ostente personería jurídica o esté constituida bajo un tipo de sociedad especial. La caracterización tributaria de esta clase de organismo de derecho privado, no se puede limitar a una especie de sociedad, debido a que la libertad legal en el tipo de constitución conlleva a que los mismos puedan pertenecer a varios modelos asociativos y, por ende, sometidos a diferentes regímenes tributarios. Por otra parte, para que los clubes deportivos y promotores pertenezcan al régimen tributario especial del impuesto de renta y complementario de las Esal, deberán cumplir con los requisitos que el legislador previó para ello, expuestos en el artículo 19 del ET, dentro de lo que se encuentra el estar legalmente constituidos como una asociación, fundación o corporación sin ánimo de lucro y su actividad corresponda a alguna de las actividades meritorias consagradas en el artículo 359 del ET.

Concepto 023254 de 26-08-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 26 de agosto de 2017

La Dian precisa que el vendedor perteneciente al régimen simplificado del IVA no está obligado a cobrar y declarar el impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas, aun cuando entre bolsas plásticas con la finalidad señalada en el artículo 512-15 del ET, esto es, cargar o llevar productos enajenados en los establecimientos comerciales que las entreguen.

Proyecto de resolución reglamentaría procedimiento para solicitar devolución y/o compensación de saldos a favor

Impuestos, NORMATIVIDAD, Proyectos Publicado: 25 de agosto de 2017

La Dian publicó un proyecto de resolución con el cual se establecería el procedimiento para la presentación de las solicitudes de devolución y/o compensación por saldos a favor generados en declaraciones de renta y ventas.