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Oficio 003724 de 10-03-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 10 de marzo de 2017

En lo referente al IVA, los contratos celebrados por entidades estatales en vigencia 2016, se rigen por la tarifa vigente en la fecha de la resolución, adjudicación o suscripción de los mismos. En caso de ser objeto de adición, tal acto se rige por la tarifa vigente para la fecha de celebración de la adición.

Concepto 004976 de 10-03-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 10 de marzo de 2017

La DIAN recuerda que la destinación del monotributo se encuentra establecida en el artículo 916 del ET, adicionado por el artículo 165 de la Ley 1819 de 2016, el cual señala que con este se financiará el aseguramiento en el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud y en riesgos profesionales.

Oficio 901873 de 09-03-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 9 de marzo de 2017

Los servicios de revisión periódica del sistema de gas vehicular se encuentran gravados a la tarifa general del 19%, de conformidad con lo señalado en el artículo 468 del ET, toda vez que los mismos son independientes de la venta del sistema de gas vehicular.

Concepto 901876 de 09-03-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 9 de marzo de 2017

La DIAN recuerda que a partir del año gravable 2017 no aplica la comparación entre el artículo 383 y 384 del ET, considerando la derogatoria expresa de este último, realizada mediante el artículo 376 de la Ley 1819 de 2016; por tanto, solamente es aplicable el procedimiento señalado en el artículo 383 del ET.

Concepto 901878 de 09-03-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 9 de marzo de 2017

El DIAN precisa que cuando el artículo 1.2.6.7 del Decreto 1625 de 2016 señala que las bases para calcular la autorretención tendrán en cuenta las existentes en renta, lo que se reconoce es la posibilidad de que esta se efectúe sobre el ingreso gravable para el sujeto pasivo, permitiendo la depuración de la base.

Concepto 901880 de 09-03-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 9 de marzo de 2017

De acuerdo con el parágrafo 3º del artículo 420 del ET, los servicios prestados desde el exterior se entenderán prestados en el territorio nacional y causarán el IVA cuando el usuario directo o destinatario de los mismos tenga su residencia fiscal, domicilio, establecimiento permanente, o la sede de su actividad en el territorio nacional.

Proyecto Decreto para reglamentar Impuesto Nacional al Carbono

Impuestos, NORMATIVIDAD, Proyectos Publicado: 9 de marzo de 2017

DIAN. Mediante el cual se modificaría el DUT 1625 de 2016 con el propósito de reglamentar el Impuesto Nacional al Carbono, contemplado en la Ley de reforma tributaria 1819 de 2016.

Proyecto Resolución Formulario para declarar renta

Impuestos, NORMATIVIDAD, Proyectos Publicado: 9 de marzo de 2017

DIAN. Mediante la cual se prescribiría el formulario para la presentación de la “Declaración de Renta y Complementario o de Ingresos y Patrimonio para Personas Jurídicas y Asimiladas, Personas Naturales y Asimiladas Obligadas a Llevar Contabilidad”.

Oficio 901902 de 09-03-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 9 de marzo de 2017

DIAN. A través del cual se establece que después de aprobada la Ley 1819 del 2016, la tarifa aplicable a la base especial AIU de manera inmediata es la de la tarifa general del IVA del 19%.

Concepto 007014 de 09-03-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 9 de marzo de 2017

El Ministerio de Hacienda recuerda que con el artículo 23 de la Ley 1450 de 2011 se modificó el artículo 4 de la Ley 44 de 1990, modificado por el artículo 23 de la Ley 1450 de 2011, se introdujo un incremento de la tarifa mínima del impuesto predial que deben establecer los concejos municipales, de tal forma que las entidades territoriales que contenían en sus estatutos tributarios tarifas inferiores al 5 por mil, debieron ajustarlas acorde con el incremento contemplado en la ley, observando la gradualidad y las condiciones para su aplicación. Teniendo en cuenta que la modificación en las tarifas significó un incremento en el rango general de tarifas que contemplaba originalmente la Ley 44 de 1990, se estableció un límite en la liquidación del impuesto, consistente en que el valor del impuesto predial liquidado en el año a partir del cual entren en aplicación las nuevas tarifas, no podía tener un incremento mayor al 25% en relación con el monto liquidado por el mismo concepto en el año inmediatamente anterior. Sin embargo, el mismo artículo 23, definió que el incremento de la tarifa se aplicaría de manera gradual a partir del año 2012 y hasta el 2014, año en el cual la tarifa mínima sería del 5 por mil. Por lo anterior, el Ministerio de Hacienda considera que el límite del 25% en la liquidación del impuesto predial, por efecto del incremento de las tarifas, perdió vigencia, toda vez que se cumplió el período de gradualidad previsto en el artículo 23 de la Ley 1450 de 2011 para el incremento de tarifas, condición que rige la aplicación del límite.