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Concepto 2879 de 06-02-2019

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 6 de febrero de 2019

DIAN Concepto 2879 Febrero 06 de 2019 *** Ref: Radicado 045288 del 27/12/2018 De conformidad con el artículo 19 del Decreto 4048 de 2008, en ejercicio de funciones relacionadas con la interpretación y aplicación de las normas tributarias de competencia de la DIAN. Adición al Concepto General Unificado no. 0481 del 27 de abril de 2018 […]

Concepto 002718 de 05-02-2019

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 5 de febrero de 2019

La Dian concluye que las personas naturales, nacionales o extranjeras que no tengan residencia en Colombia y las sucesiones ilíquidas de causantes sin residencia en el país en el momento de su muerte solo están sujetas al impuesto sobre la renta y complementario respecto a sus rentas y ganancias ocasionales de fuente nacional y respecto de su patrimonio poseído en el territorio nacional.

Resolución 000009 de 30-01-2019

Impuestos, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 30 de enero de 2019

Mediante la Resolución 000009 de 2019, la Dian estipula que a partir de febrero 1 de 2019 el impuesto a la gasolina corriente se liquidará a razón de $526,26 por galón, el de gasolina extra a $998,82 por galón y el del ACPM se liquidaría a $503,71 por galón.
Para los demás productos definidos como gasolina y ACPM, de acuerdo con la Ley 1607 de 2012, modificada por la Ley 1819 del 2016, distintos a la gasolina extra, se liquidaría a $526,26. En cuanto a la base gravable y tarifa del impuesto al carbono, esta corresponderá a $16.422 por tonelada de CO2, y los valores de la tarifa por unidad serían según el combustible.

Concepto 001288 de 17-01-2019

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 17 de enero de 2019

Mediante la presente doctrina, la Dian revocó el Oficio 000175 de 2018. Igualmente, concluyó que debe entenderse que se perfeccionó el cambio de composición accionaria desde la fecha en que se levantó el acta de asamblea.

Concepto 01171 de 16-01-2019

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 16 de enero de 2019

La Dian indica que la distribución de utilidades en acciones o cuotas de interés social significa para la entidad un ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional, aunque a dichas utilidades les sea aplicable la tarifa especial de dividendos y participaciones establecida en los artículos 242,242-1 y 245 del ET.

Resolución 000004 de 15-01-2019

Impuestos, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 15 de enero de 2019

El 15 de enero de 2019 la Dian expidió la Resolución 000004, mediante la cual prescribe y habilita los formularios para el cumplimiento de las obligaciones tributarias a cargo de los contribuyentes y responsables para el 2019, de los impuestos administrados por ella. Cabe señalar que en cumplimiento del numeral 8 del artículo 8 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el proyecto de resolución fue publicado en la página web de la Dian el 24 de diciembre de 2018. Dentro de la presente norma se realizan modificaciones al formulario 325 “Declaración del IVA de prestadores de servicios desde el Exterior”, prescrito mediante la Resolución 0069 del 28 de diciembre de 2018.

Concepto 1447 de 15-01-2019

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 15 de enero de 2019

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, mediante el presente concepto, se pronuncia frente al IVA en prestación de servicios de computación en la nube. Dicho lo anterior, concluye que la prestación de dicho servicio, independientemente de si se hace desde el exterior o en el territorio nacional, no está gravada con el IVA, según lo señalado en el Concepto 017056 de agosto 25 de 2017.
Finalmente, se aclara que el tratamiento tributario en materia del impuesto sobre las ventas de un servicio de computación en la nube prestado bajo el molde de servicio denominado “Software como servicio –SaaS–”, siempre y cuando se cumpla con lo dispuesto por el Concepto 017056 de agosto 25 de 2017, será el de un servicio excluido del impuesto. En consecuencia, en este caso no habrá lugar a la aplicación del numeral 8 del artículo 437-2 del ET.

Concepto 000004 de 10-01-2019

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 10 de enero de 2019

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, mediante el presente concepto, se pronuncia frente al beneficio tributario señalado en el artículo 3 del Decreto 1372 de 1992, para lo cual trae a colación los oficios 023184 de 2014 y 006456 de 2018, en los cuales explica que el beneficio antes mencionado cobija la determinación de la base gravable del IVA en los contratos de construcción de inmuebles y, en términos generales, a las obras inherentes a la construcción en sí, tales como estructura, mampostería, entre otras, mas no a los contratos de obras o bienes que pueden retirarse fácilmente sin detrimento del inmueble. Por lo anterior, al no tratarse de los contratos de construcción propiamente dichos, la base gravable del IVA se conformará, entre otras actividades, por el valor total de contrato, incluyendo materiales, gastos y mano de obra.
Finalmente, la actividad 2599 definida como “Fabricación de otros productos elaborados de metal” no es en sí objeto de beneficio tributario en la determinación del impuesto gravable sobre las ventas consagrada en el artículo 3 del Decreto 1372 de 1992.

Acuerdo 20 de 31-12-2018

Acuerdos, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 31 de diciembre de 2018

El 31 de diciembre de 2018, el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios –CNBT– dio a conocer el Acuerdo 20, mediante el cual se modifican los artículos 7, 8 y 10 del Acuerdo 17 de 2017. Así, se precisan los procedimientos a seguir cuando los proyectos calificados como de ciencia, tecnología e innovación por parte del CNBT no cumplan con los compromisos adquiridos al momento de la postulación y/o ejecución de proyectos calificados. Dentro de dicho proceso se encuentra el sistema de informes, seguimiento y cancelación de proyectos.

Decreto 4112.010.20.0807 de 29-12-2018

Decreto, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 29 de diciembre de 2018

Según lo establecido en el artículo 45 del Decreto extraordinario 411.0.20.0259 de 2015, el alcalde de Santiago de Cali, para cada vigencia fiscal, deberá determinar el descuento por pronto pago para los contribuyentes del impuesto predial unificado. Esto último, en vista de que es conveniente otorgar dicho descuento para que los contribuyentes paguen con prontitud la totalidad del impuesto a cargo, es decir, en el primer semestre del año.
Por lo anterior, la Alcaldía de Santiago de Cali dio a conocer el Decreto 4112.010.20.0807 de 2018, en el cual establece un descuento del 5 % y 15 % para los contribuyentes del impuesto predial unificado que cumplan con los plazos establecidos en el calendario tributario para el pago de dicho impuesto. A su vez, establece cómo se llevará a cabo la causación de los intereses moratorios.