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Ley 1939 de 04-10-2018

Impuestos, Ley, NORMATIVIDAD Publicado: 4 de octubre de 2018

El Gobierno sancionó la presente ley, por la cual se aprueba el Convenio entre Colombia y el Reino Unido, que nace de la necesidad de eliminar la doble tributación con respecto a los impuestos sobre la renta y sobre las ganancias de capital, sin crear oportunidades para la no imposición o para la reducción de impuestos a través de la evasión fiscal o de la elusión fiscal.
El convenio será aplicable a los siguientes impuestos en el caso de Colombia: impuesto sobre la renta y complementarios e impuesto sobre la renta para la equidad –CREE–. Para el caso de Reino Unido se tienen los siguientes: el impuesto sobre la renta, el impuesto corporativo y el impuesto sobre ganancias de capital.

Concepto 34838 de 01-10-2018

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 1 de octubre de 2018

En el artículo 259 del Decreto Ley 1333 de 1986 se menciona la prohibición de gravar con el impuesto de industria y comercio, entre otros, a los establecimientos educativos públicos y las asociaciones gremiales y de profesionales sin ánimo de lucro, excepto cuando estas realicen actividades industriales o comerciales en los términos del artículo 201 ibidem.
Por lo anterior, el Ministerio de Hacienda indicó que las entidades que prestan servicios de educación privada están sujetas al impuesto de industria y comercio, puesto que aunque estén conformadas como entidades sin ánimo de lucro, no cumplen con la condición de ser “asociaciones de profesionales o gremiales”.

Sentencia 23401 de 20-09-2018

Impuestos, Jurisprudencia / Sentencias, NORMATIVIDAD Publicado: 20 de septiembre de 2018

Mediante la presente sentencia, la Sala de lo Contencioso Administrativo concluye que el residente fiscal que declaró el impuesto a la riqueza por su patrimonio al 1 de enero de 2015 debe declarar para los años posteriores el patrimonio poseído a nivel mundial.

Concepto 33251 de 20-09-2018

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 20 de septiembre de 2018

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley 14 de 1983 y el Decreto de Ley 1333 de 1986, modificadas recientemente por la Ley 1819 de 2016, se establece que el impuesto de industria y comercio grava la realización de actividades comerciales, industriales o de servicios en cada jurisdicción municipal.
Para efectos de la liquidación del impuesto de industria y comercio, se debe definir lo que se entiende por actividad de servicios. El artículo 345 de la Ley 1819 de 2016 indica que dicha actividad comprende todas aquellas obligaciones de hacer a cargo de personas naturales o jurídicas, o sociedades de hecho y demás sujetos pasivos, sin la exigencia de relación laboral con el contratante, pero que generen contraprestación en dinero o especie.
En este orden de ideas, dicha definición permite a los municipios gravar todos los servicios prestados por personas naturales, incluidos los que se ejecutan en ejercicio de una profesión.

Sentencia C-088 de 19-09-2018

Impuestos, Jurisprudencia / Sentencias, NORMATIVIDAD Publicado: 19 de septiembre de 2018

La Corte Constitucional, mediante la Sentencia C-088 de 2018 concluyó que, la asignación a cargo de las empresas comercializadoras de energía eléctrica, de la facturación y recaudo del impuesto de alumbrado público resulta acorde con los principios de eficiencia tributaria y solidaridad.
Le correspondió a la corte determinar si la norma que permite imponer a las empresas de energía eléctrica domiciliaria la actividad de recaudo del impuesto de alumbrado público, sin contraprestación, era contraria a la libertad de empresa y a la justicia y equidad bajo las cuales se debe contribuir al financiamiento de los gastos del estado. Finalmente se infirió que por razones de eficiencia tributaria y en virtud del principio de solidaridad, el legislador puede imponer cargas administrativas a ciertos particulares, relativas a la retención y recaudo de impuestos, a partir de su posición clave en la generación o recolección del tributo.

Concepto 100208221-1564 de 14-09-2018

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 14 de septiembre de 2018

Cabe resaltar que, mediante el Concepto unificado 912 de 2018, modificado por el Concepto 915 de 2018, la Dian da respuesta a 40 preguntas a lo relacionado con el impuesto a la renta y las retenciones en la fuente de las personas naturales y/o sucesiones ilíquidas residentes y no residentes.
Con la presente doctrina se adicionan dos preguntas al título I, donde la Dian se pronuncia frente a las personas naturales residentes obligadas a llevar contabilidad y que utilicen la cédula de rentas no laborales, así como sobre la compensación de pérdidas fiscales de los años 2016 y anteriores.
En el título II, por su parte, se adicionan dos preguntas y respuestas respecto a las personas naturales que deben actuar como agentes de retención sobre las rentas de trabajo y la aplicación de los diferentes métodos de retención en un mismo año gravable para los pagos por salarios que se realicen a un mismo trabajador.

Concepto 1582 de 14-09-2018

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 14 de septiembre de 2018

La Dian reitera que las donaciones realizadas por una entidad del régimen tributario especial –RTE– no se pueden tratar como egreso, en consideración a lo señalado en el artículo 257 del ET, el cual establece que todas las donaciones se tratarán como descuento tributario.

Concepto 25079 de 10-09-2018

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 10 de septiembre de 2018

Según lo estipulado en el artículo 1.3.2.1.8 del Decreto 1625 de 2016, los pagos o abonos en cuenta por concepto de ventas de bienes o servicios realizadas a través de los sistemas de tarjetas de crédito y/o débito están sometidos a retención en la fuente a la tarifa del 1,5 %, aun cuando se hagan a través de plataformas de pago. Por lo anterior, se concluye que la retención en la fuente correspondiente a los pagos que se realicen por medio de tarjetas de crédito es procedente. Cabe resaltar que la Dian, mediante la presente doctrina, señala que la retención aplicable a dicha operación no exime de la retención en la fuente que debe practicar el pagador en los términos del artículo 368 del Estatuto Tributario.

Resolución 31833 de 07-09-2018

Impuestos, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 7 de septiembre de 2018

MinMinas dio a conocer la Resolución 31833 de 2018, a través de la cual establece que las nuevas estaciones de servicio automotriz o fluvial que aspiren a ser objeto de asignación de volúmenes máximos de combustibles líquidos excluidos del IVA y exentos de arancel e impuesto nacional a la gasolina y al ACPM dentro de cada municipio reconocido como zona de frontera, deberán presentar ante la Dirección de Hidrocarburos la documentación necesaria establecida en el Decreto 1073 de 2015.
La fecha límite para la presentación de la documentación es el 08 de octubre de 2018, las estaciones que radiquen los documentos después del término establecido no serán objeto de la asignación correspondiente a dicho mes.

Concepto 1534 de 06-09-2018

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 6 de septiembre de 2018

La Dian concluye que los usuarios industriales autorizados o calificados en una zona franca no deben llevar a cabo actividades para las cuales no están acreditados según lo establecido en el Decreto 2147 de 2016.