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Concepto 24284 de 03-09-2018

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 3 de septiembre de 2018

Mediante la presente doctrina, la Dian concluye que, desde la perspectiva del impuesto al valor agregado, los servicios adquiridos desde el exterior tienen el mismo tratamiento tributario que los servicios prestados en Colombia.

Concepto 24421 de 03-09-2018

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 3 de septiembre de 2018

La Dian se pronuncia frente a lo dispuesto en el artículo 771-5 del ET, aclarando que la expresión “impuestos descontables” hace referencia a todos los impuestos que puedan ser descontados, incluido el impuesto sobre las ventas.

Concepto 24226 de 03-09-2018

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 3 de septiembre de 2018

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –Dian–, mediante el presente concepto da respuesta a 4 interrogantes con respecto al manejo fiscal en el impuesto de renta de los contratos de cuentas en participación, después de los cambios efectuados por la Ley 1819 de 2016 al artículo 18 del ET.
En respuesta a los interrogantes, la Dian ratificó que el socio gestor no debe tratar como gasto la utilidad pagada a los participantes ocultos, ni tampoco tendrá que practicar retenciones en la fuente. También deja claro que cuando el socio gestor sea una sociedad comercial, este será el único que deberá practicar las autorretenciones mensuales especiales a título de renta establecidas en el Decreto 2201 de 2018.

Sentencia C-083 de 29-08-2018

Impuestos, Jurisprudencia / Sentencias, NORMATIVIDAD Publicado: 29 de agosto de 2018

La Corte Constitucional, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales declaró la exequibilidad condicionada del parágrafo primero del artículo 235-2 del ET, señalando que: “Las rentas exentas de que trata el numeral 6, se aplicarán en los términos y condiciones allí previstos a partir del 1 de enero de 2017, incluso respecto de los proyectos en los que, a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, se hayan aportado los predios al patrimonio autónomo constituido con objeto exclusivo para el desarrollo de proyectos de VIS y/o VIP.”
Tras la lectura de los fundamentos de la sentencia puede entenderse que los contribuyentes que antes de entrar en vigor la Ley 1819 de 2016 hubiesen consolidado las condiciones para acceder al beneficio tributario de que trata el numeral 9 del artículo 207-2 del ET, podrán aplicar la exención al momento de la enajenación de los predios, en los términos allí establecidos, pese a la derogatoria establecida en el artículo 376 de la Ley 1819 de 2016.

Concepto 23252 de 27-08-2018

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 27 de agosto de 2018

Mediante la presente doctrina, la Dian aclara los artículos del Decreto 390 de 2016 y 2685 de 1999 que se encuentran vigentes, frente a los cambios establecidos por la Resolución 031 de 2018.

Resolución 000045 de 22-08-2018

Impuestos, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 22 de agosto de 2018

La Dian, mediante la Resolución 000060 del 30 de octubre de 2017, estableció el grupo de obligados a suministrar información tributaria por el año gravable 2018; señala el contenido, características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega.
Por lo anterior, la entidad en mención indicó que es necesario modificar el grupo de obligados a suministrar información, el contenido de la información a presentar y, además, modificar en el esquema XSD la obligatoriedad de las casillas contenidas en las especificaciones técnicas de los formatos 1004, 1019, 1020, 2274, 2275 y 2279. Por lo anterior, se emite la Resolución 000045 de 2018, para facilitar el reporte por parte de los obligados y el uso de la información por parte de la Dian.

Concepto 28492 de 16-08-2018

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 16 de agosto de 2018

Cabe resaltar que el consumo de energía para la iluminación de zonas comunes en unidades inmobiliarias cerradas o edificios sometidos a régimen de propiedad horizontal está a cargo de la respectiva copropiedad, por lo que Minhacienda indica que ello la convierte en usuario del servicio público domiciliario de energía eléctrica y, por ende, en posible sujeto pasivo del impuesto de alumbrado público, cuyo recaudo se destina al alumbrado público del municipio, diferente de la iluminación de los espacios internos de la copropiedad.
En la presente doctrina también se infiere que el hecho de que una propiedad horizontal pague el impuesto de alumbrado público, y que cada una de las casas que la conforman también realicen el referido pago, no significa necesariamente un pago de lo no debido.

Concepto 21581 de 15-08-2018

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 15 de agosto de 2018

Mediante el Oficio 21581 de 2018, la Dian trae a colación los oficios 100208221-000024 de 2018 y 025511de 2015, y concluye que cuando se toma un inventario y se retira para activarlo como un bien de capital no se puede decir que se cumple con los hechos necesarios para tomarse como deducible de IVA, ya que el bien no se está adquiriendo, pues ya era parte de la empresa.
Finalmente, el documento expedido al momento de retirar un inventario es un comprobante interno y, por ello, no es posible hablar de una adquisición. Por lo anterior, no es posible deducir el IVA generado en el retiro de dichos inventarios para que hagan parte de los activos fijos de la empresa.

Concepto 21675 de 14-08-2018

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 14 de agosto de 2018

La Dian concluye que los proyectos industriales que sean calificados como elegibles en las Zonas Especiales Económicas de Exportación –ZEEE–, tendrán un tratamiento equivalente a los usuarios industriales de bienes o servicios de las zonas francas, por lo que les corresponde una tarifa del impuesto a la renta del 20 %.

Concepto 019193 de 13-08-2018

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 13 de agosto de 2018

La Dian trae a colación la Sentencia 19748 de octubre 13 de 2016, y concluye que la determinación del impuesto a la renta por el sistema de comparación patrimonial excluye para su fijación el desconocimiento de pasivos y la adición de activos del período investigado, pues su determinación debe hacerse con base en el patrimonio declarado y no en el establecido en la liquidación oficial de revisión.