Actualícese.com

Concepto 034113 de 21-12-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 21 de diciembre de 2017

Debe entenderse que cuando quien presta el servicio gravado con IVA es responsable del régimen común, al facturarlo, deberá discriminar el IVA generado o causado de conformidad con lo previsto por los artículos 616 y 617 del ET. Por su parte, si quien lo presta el servicio pertenece al régimen simplificado, no deberá liquidar ni discriminar IVA alguno.

Proyecto de resolución que prescribiría el formato de reporte de conciliación fiscal

Impuestos, NORMATIVIDAD, Proyectos Publicado: 21 de diciembre de 2017

Por la cual se prescribiría el formato de reporte de conciliación fiscal de que trata el numeral 2 del artículo 1.7.1 del Decreto 1625 del 11 de octubre de 2016, único reglamentario en materia tributaria.

Concepto 001877 de 21-12-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 21 de diciembre de 2017

La Dian precisa que, a pesar de que la norma fiscal no contempló ninguna limitación o excepción sobre el tratamiento específico en los descuentos por pronto pago, se debe considerar los tratamientos de reconocimiento y medición que establezcan las normas contables vigentes, por cada año gravable en este hecho económico, ya sea como menor valor del ingreso en el caso de las ventas o como menor valor del inventario o del costo en el caso de las compras.

Concepto 001881 de 21-12-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 21 de diciembre de 2017

El literal e) del artículo 481 del ET señala que únicamente conservan la calidad de bienes exentos con derecho a devolución bimestral las materias primas, partes, insumos y bienes terminados que se vendan desde el territorio aduanero nacional a usuarios industriales de bienes de zona franca o entre estos, siempre que los mismos sean necesarios para el desarrollo del objeto social de dichos usuarios. Cabe señalar que no todos los bienes que ingresen a zona franca provenientes del territorio nacional tienen dicho tratamiento; por ejemplo, la introducción de materiales de construcción, combustibles, alimentos, bebidas y elementos de aseo, para su consumo o utilización dentro de la zona franca, son necesarios para el normal desarrollo de las actividades, pero no constituyen parte del objeto social, por lo que dichos bienes se rigen por la norma general del artículo 420 del ET, es decir, están gravados con IVA, salvo que por disposición expresa de la ley se consideren excluidos o exentos del gravamen.

Concepto 1871 de 21-12-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 21 de diciembre de 2017

La UGPP tiene acceso privilegiado a la información tributaria, según lo dispuesto en el parágrafo 1 del artículo 227 de la Ley 1450 de 2011. Por lo anterior, la información registrada por el contribuyente en las declaraciones tributarias constituye un insumo para la UGPP en los procesos de fiscalización.

Concepto 034117 de 21-12-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 21 de diciembre de 2017

La Dian precisa que, dadas las modificaciones que hizo la Ley 1819 a los artículos 125 y 257 del ET, las donaciones no son deducibles del impuesto sobre la renta y complementario; dan lugar a un descuento en este impuesto. Señala además, que las donaciones que dan derecho al descuento tributario son las efectuadas a entidades sin ánimo de lucro, que hayan sido calificadas en el régimen especial del impuesto sobre la renta y complementario, para lo cual se deberá surtir el correspondiente proceso, de acuerdo con lo señalado en el artículo 356-2 del ET y el Decreto 2150 de 2017.

Concepto 034096 de 20-12-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 20 de diciembre de 2017

Al revisar la naturaleza y definiciones de los otros servicios complementarios prestados, diferentes a los servicios de hosting o computación en la nube, tales como el procesamiento balanceador de cargas o el servicio de seguridad con los cuales se ofrece protección a estos servicios como lo son firewall, IPS/IDS, VPN, Antivirus de Borde, o los servicios de instalación de los diferentes servicios que son prestados, no corresponden con la definición establecida en el Concepto Unificado del numeral 24 del artículo 187 de la Ley 1819 de 2016. Esto es, que observados de manera independiente o utilizados conjuntamente para implementar los servicios de almacenamiento en la nube, no reúnen las características, ni son modelos del servicio propiamente dichos que permitan señalar que cumplen con la esencia misma del servicio hosting o almacenamiento en la nube. Así las cosas, se colige que los servicios de procesamiento, balanceador de cargas, seguridad, e instalación, prestados con ocasión y en relación con los servicios de hostings o computación en la nube, no están expresamente excluidos del IVA, y en consecuencia, no les cobija la exclusión del IVA prevista en el numeral 24 del artículo 476 del ET, adicionado por el artículo 187 de la Ley 1819 de 2016.

Concepto 043579 de 20-12-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 20 de diciembre de 2017

En lo que corresponde a los recursos que del componente específico del impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco elaborado, deben destinarse en los términos de la normatividad anterior a la Ley 1819 de 2016 (esta última incrementó la tarifa del componente específico del impuesto al consumo de cigarrillos), la Dian precisa que una vez determinados los recursos en la forma como lo establece el Decreto 1684 de 2017, éstos se mantendrán en el tiempo y se incrementarán con el IPC anual y de manera acumulativa, señalándose además en el inciso segundo del numeral tercero del artículo 2.2.1.6.3, adicionado al Decreto 1625 de 2016, que cuando la diferencia sea negativa el resultados se disminuirá del siguiente o siguientes giros si resulta necesario. Con lo anterior, se pretende garantizar que los recursos que se venían recaudando y que no correspondan a ingreso adicional mantengan el destino anterior a la vigencia de la Ley 1819 de 201.

Concepto 034101 de 20-12-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 20 de diciembre de 2017

La Dian precisa que para determinar si el monto del cubrimiento de la póliza de seguros genera IVA o no, se deberá tener en cuenta si, dentro del concepto de cubrimiento, se presenta el hecho generador del impuesto sobre las ventas, conforme lo dispuesto en el artículo 420 del ET.

Concepto 034095 de 20-12-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 20 de diciembre de 2017

La exclusión tributaria estipulada en el artículo 130 de la Ley 633 de 2000 (exclusión del IVA en equipos importados por el Inpec), no aplica para servicios y tampoco para los bienes adquiridos por terceros contratistas con el fin de prestar un servicio contratado. Lo anterior siempre que la disposición legal no incluyó estos supuestos tácticos dentro de la norma expedida, no siendo posible al intérprete adicionar la disposición legal por escapar a la competencia que este ostenta.