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Concepto 567 de 25-06-2018

Auditoría y Revisoría Fiscal, Concepto / Oficio, Contaduría Pública, NORMATIVIDAD Publicado: 25 de junio de 2018

El CTCP aclara que, independientemente de las sanciones por los impuestos mal liquidados, se presenta una responsabilidad compartida entre el contador público (quien prepara la información) y el revisor fiscal (ente de revisión).

Ley 1902 de 22-06-2018

Finanzas, Ley, NORMATIVIDAD Publicado: 22 de junio de 2018

El Gobierno sancionó la presente ley, por la cual se realizan modificaciones y adiciones a la Ley 1527 de 2012 “Ley de Libranzas”, en la que se establece quiénes pueden operar las libranzas, entre ellos las cooperativas y los fondos de empleados. Igualmente imponen a todos los operadores de libranzas, la obligación de contar con un departamento de riesgo financiero, encargado de evaluar y garantizar el pago del crédito y la prevención del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo en las operaciones de libranza.
Cabe resaltar que las libranzas fueron creadas por los fondos de empleados y desarrolladas por las cooperativas como un instrumento financiero para el mejoramiento de la calidad de vida de los trabajadores, asociados y su grupo familiar, ofreciendo garantía de pago contra nómina.

Concepto 560 de 22-06-2018

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 22 de junio de 2018

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública reitera que el tratamiento contable de la reinversión de excedentes dependerá de su destinación, ya sea como parte de un activo o gasto. En el caso de las entidades sin ánimo de lucro, se emitió la Orientación técnica n.° 14.

Concepto 559 de 22-06-2018

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 22 de junio de 2018

El CTCP reitera que los hechos económicos deben documentarse mediante soportes de origen interno o externo, con la debida fecha y autorización de quienes participen en su elaboración, a su vez señala que en el Concepto 242 de 2016 se realizó un pronunciamiento frente a los soportes contables.

Concepto 557 de 21-06-2018

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 21 de junio de 2018

El CTCP concluye que en el artículo 57 del Código de Comercio se encuentran estipuladas las prohibiciones sobre los libros de comercio, tales como alterar el orden y fecha de las operaciones, hacer interlineaciones raspaduras o correcciones, borrar o tachar, entre otros.

Decreto 1037 de 21-06-2018

Decreto, NORMATIVIDAD Publicado: 21 de junio de 2018

Mediante la presente norma, se adiciona el numeral 6 al parágrafo del artículo 2.2.11.1.5 del Decreto 1083 de 2015, único reglamentario del sector de función pública, donde se lee lo siguiente:
«6. Rector, vicerrector general, vicerrector nacional, vicerrector de sede, secretario general, gerente nacional, directores nacionales y decanos de los entes universitarios autónomos.»
El Decreto 1037 de 2018 tiene como finalidad permitir que aquellas personas que han adquirido pensión de jubilación puedan reintegrarse al servicio público, a empleos de confianza, siempre y cuando no hayan alcanzado la edad de retiro forzoso.

Decreto 1036 de 21-06-2018

Aduanera, Decreto, NORMATIVIDAD Publicado: 21 de junio de 2018

El Ministerio de Salud y Protección Social determina los requisitos y el procedimiento para la importación y comercialización de reactivos in vitro para investigación, in vitro huérfanos para diagnóstico, in vitro grado analítico, analito específico y los reactivos de uso general en laboratorio; dichas disposiciones aplican a todas aquellas personas naturales o jurídicas que adelanten actividades de importación y comercialización de dichos reactivos.
Cabe resaltar que el Instituto Nacional de Salud –INS– y el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos –INVIMA–, se encuentran exceptuados de la aplicación del presente decreto.

Decreto 1041 de 21-06-2018

Aduanera, Decreto, NORMATIVIDAD Publicado: 21 de junio de 2018

El MinCIT emitió el Decreto 1041 de 2018, por el cual se modifica el artículo 3° del Decreto 2133 de 2016, en lo relacionado con el cupo de importación de mercurio para procesos industriales exclusivamente relacionados con el sector salud.
Dicho artículo quedo estipulado de la siguiente manera:
«Artículo 3. Cupos para la importación y su administración.
(… )
A partir del 16 de julio de 2018 y hasta el15 de julio de 2020 se autorizará un cupo anual de importación de mercurio clasificado por la subpartida arancelaria 2805.40.00.00, de cinco (5) toneladas, para ser utilizado en actividades diferentes a la minería. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo administrará 0,5 toneladas y el cupo restante, es decir 4,5 toneladas, será administrado por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos –INVIMA– en el marco de sus competencias y de conformidad con la reglamentación que se expida para el efecto.
A partir del 16 de julio de 2020 no se permitirán importaciones de mercurio destinadas a actividades industriales y productivas distintas al sector salud.
Para el período comprendido entre el 16 de julio de 2020 y hasta el 14 de julio de 2023, se establece para las actividades industriales y productivas del sector salud, un cupo anual que será administrado por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos –INVIMA– de la siguiente manera:
1. Para el período comprendido entre el16 de julio de 2020 y hasta el15 de julio de 2021, 3,5 toneladas.
2. Para el período comprendido entre el 16 de julio de 2021 y hasta el 15 de julio de 2022, 3 toneladas.
3. Para el período comprendido entre el16 de julio de 2022 y hasta el14 de julio de 2023, 2,5 toneladas. »

Concepto 558 de 21-06-2018

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 21 de junio de 2018

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, mediante el presente concepto, relaciona las normas de información financiera emitidas en los últimos años para las entidades del sector privado obligadas a llevar contabilidad.

Sentencia 21038 de 21-06-2018

Impuestos, Jurisprudencia / Sentencias, NORMATIVIDAD Publicado: 21 de junio de 2018

El Consejo de Estado, mediante la presente sentencia resaltó que en el régimen de precios de transferencia supone la aplicación de precios del mercado en las operaciones de financiamiento, cuya consecuencia lógica deviene en la no aplicación de la presunción de intereses presuntos. Por lo anterior, se declara la nulidad de los oficios 066668 de 2008 y 058444 de 2013, puesto que la presunción de que trata el artículo 35 del ET se aplica en las operaciones realizadas por contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que no están sometidos al régimen en mención.
También se concluye que no es acertado afirmar que con la entrada en vigor del régimen de precios de transferencia se haya derogado tácitamente el artículo 35 del ET.