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Concepto 741 de 15-05-2018

Impuestos, Jurisprudencia / Sentencias, NORMATIVIDAD Publicado: 15 de mayo de 2018

Mediante la presente doctrina, la Dian reitera que la reducción del valor nominal de las acciones no da origen al cumplimiento de la obligación contemplada en el artículo 36 del ET, la cual se genera cuando el resultado sea una “readquisición de acciones”.

Concepto 429 de 15-05-2018

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 15 de mayo de 2018

Los marcos de información financiera no establecen la obligación de preparar estados financieros de períodos intermedios, por lo cual la información requerida sería de propósito especial y no de propósito general, y estará sujeta a los requerimientos de la asamblea de copropietarios.

Concepto 431 de 15-05-2018

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 15 de mayo de 2018

las correcciones de errores de períodos anteriores se realizan con un nuevo asiento contable en el período en el que el error es detectado. El grupo 3 aplica los parámetros establecidos en el numeral 2.40 del capítulo 2 del Decreto 2706 de 2012.

Concepto 445 de 15-05-2018

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 15 de mayo de 2018

Cuando los recursos del fondo de imprevistos son exigibles, son reconocidos como ingreso en el estado de resultados, y una cuenta por cobrar en el estado de situación financiera. No obstante, si estos no son utilizados en el mismo período, pueden ser clasificados como una reserva dentro del activo.

Resolución 000030 de 11-05-2018

Impuestos, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 11 de mayo de 2018

El 11 de mayo de 2018 la Dian publicó la resolución con la cual se modifica el plazo para presentar la información tributaria de que trata la Resolución 000068 de 2016, modificada parcialmente por la Resolución 000016 de 2017, en lo tocante a los obligados a presentar la información, las características de esta, sus plazos y contenidos.
La Dian debe facilitar el cumplimiento de la obligación tributaria, siempre y cuando las situaciones que hayan impedido la realización de dichas obligaciones no sean atribuibles al informante. Por lo anterior, se modifican los plazos para presentar la información exógena.

Ley 1892 de 11-05-2018

Ley, NORMATIVIDAD Publicado: 11 de mayo de 2018

Mediante la presente ley se implementa el período en el cual se permitirá la extracción de mercurio.
La presente norma tiene como objetivo proteger la salud humana y el medio ambiente de las emisiones de mercurio; por ende, se plantea que en el momento de la entrada en vigor del presente convenio se permitirá en los territorios en los cuales actualmente se estén realizando actividades de extracción primaria de mercurio la extracción únicamente por un período de hasta 15 años después de la fecha. Finalmente, el mercurio producido durante este período será destinado únicamente para la fabricación de productos con mercurio añadido.

Resolución 000031 de 11-05-2018

Impuestos, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 11 de mayo de 2018

Mediante la presente resolución, la Dian reglamenta los requisitos y el trámite para que los usuarios del servicio informático electrónico de importación de carga puedan gestionar la autorización como agentes aeroportuario, terrestre, de carga internacional en el modo aéreo, zona de verificación para envíos de mensajería expresa y zona de control común a varios puertos.
Cuando el servicio informático electrónico no se encuentre disponible, el trámite se podrá llevar a cabo de forma manual. La solicitud de aprobación de garantía firmada por el representante legal, junto con los documentos soporte, se radicarán de forma física ante la Coordinación de comunicaciones oficiales y control de registro de la subdirección de gestión de recursos físicos en sus oficinas de nivel central.

Oficio 220-072648 de 11-05-2018

Concepto / Oficio, Finanzas, NORMATIVIDAD Publicado: 11 de mayo de 2018

La Superintendencia de Sociedades recalcó que, dado el hecho de que la matriz se encuentra vinculada a una situación de control o grupo empresarial, no existe solidaridad entre ella y su subordinada. Por ende, los derechos que le asisten a cada una deben ser cumplidos por si mismas en ejercicio de su autonomía, puesto que, a pesar del vínculo, ello no faculta a la matriz para asumir derechos que no le son inherentes.
En caso de que la subordinada se liquide sus derechos y obligaciones, no pueden ser asumidas por la matriz, pero podría existir solidaridad. Lo anterior, no por el hecho de tener un vínculo, sino por un hecho subsecuente, producto de la conformación del grupo empresarial.
Finalmente, cabe resaltar que la situación de control o grupo empresarial debe inscribirse en el registro mercantil de la circunscripción de cada uno de los vinculados, según lo plasmado en la ley mercantil.

Oficio 220-072784 de 11-05-2018

Concepto / Oficio, Finanzas, NORMATIVIDAD Publicado: 11 de mayo de 2018

La Supersociedades, mediante la presente normatividad, indica que es función del liquidador decidir la entrega o no de los activos sociales, sin necesidad de formalidades especiales, con excepción de aquellos casos en los que se hagan adjudicaciones de bienes inmuebles.
La distribución anticipada de remanentes entre los asociados supone que, existiendo la obligación de cancelar un pasivo externo, la sociedad debe disponer de un monto que le permita distribuir entre los asociados la parte indicada, pues, de lo contrario, no podrá haber una distribución anticipada. Cabe resaltar que, para lo anterior, no será necesario protocolizar los documentos de liquidación, salvo casos excepcionales.

Oficio 115-071785 de 11-05-2018

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 11 de mayo de 2018

La Supersociedades, mediante el presente oficio, aclaró que, según lo establecido en el artículo 35 de la Ley 222 de 1995 y el Decreto 2420 de 2015, la matriz o controlante, además de preparar estados financieros individuales, deberá preparar y presentar estados financieros consolidados. Por lo anterior, todas las matrices o controlantes del extranjero que constituyan sucursales o sociedades en el territorio colombiano deberán cumplir con la normatividad nacional.
En la presente norma también se infiere que las sociedades establecidas en Colombia se encuentran obligadas a preparar y presentar el estado financiero consolidado con su subordinada en el exterior, según lo que trata la NIIF 10 o la Sección 9 del Estándar para Pymes.