Por la cual se establecen medidas para el cumplimiento del deber formal de presentar la Declaración Informativa Individual de Precios de Transferencia correspondiente al año gravable 2007.
Establecen porcentajes de cobertura de riesgo para deuda de entidades territoriales.
Por la cual se certifica el interés bancario corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario.
Por la cual se modifica la Resolución 1747 de 2008 y se dictan otras disposiciones.
Por la cual establece la tarifa de la contribución a cobrar a las sociedades sometidas a la vigilancia o control de la Superintendencia de Sociedades, correspondiente al año 2008.
Por medio de la cual se modifican parcialmente los artículos 2 y 4 de la Resolución 15734 de 2007 y sus anexos.
Entre el 25 de junio y el 30 de septiembre, las EPS, IPS, ESE, cajas de compensación familiar, entidades territoriales, compañías de seguros, concesionarios de apuestas permanentes, productores nacionales de cerveza, licoreras departamentales y demás entidades sometidas a la inspección, vigilancia y control de la Superintendencia de Salud deberán cancelar las cuotas de contribución correspondientes al primer y segundo semestre del 2008. La fecha de pago oportuno de la cuota del primer semestre vence el 31 de julio.
Entre el 25 de junio y el 30 de septiembre, las EPS, IPS, ESE, cajas de compensación familiar, entidades territoriales, compañías de seguros, concesionarios de apuestas permanentes, productores nacionales de cerveza, licoreras departamentales y demás entidades sometidas a la inspección, vigilancia y control de la Superintendencia de Salud deberán cancelar las cuotas de contribución correspondientes al primer y segundo semestre del 2008. La fecha de pago oportuno de la cuota del primer semestre vence el 31 de julio.
Por la cual se emite el Plan único de cuentas para entidades promotoras de salud, instituciones prestadoras de servicios de salud y entidades que administran planes adicionales de salud y servicios de ambulancia por demanda.
Por la cual se establecen las personas naturales y/o jurídicas, el contenido y las características de la información que deben suministrar a la Dirección Distrital de Impuestos.