Actualícese.com

Concepto 239498 de 18-08-2010

Ministerio de Protección Social. Es obligación del empleador asumir el costo de las evaluaciones médicas ocupacionales y de la capacitación de los trabajadores que realicen trabajos en alturas.

Concepto 239498 de 18-08-2010
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ministerio de la Protección Social
Concepto 239498

18-08-2010

 

Asunto: Su Consulta — Radicado 205262.

Respetado señor Lopera:

Con relación a la consulta enviada a esta Dirección le informo:

  • Según el inciso 2 del artículo 5 de la Resolución 3673 de 2008 "El empleador es el único responsable, antes de la vinculación laboral y por lo menos una vez al año y a través de médicos ocupacionales de su empresa o contratados, de la evaluación de las condiciones de aptitud psicofísica de los empleados, necesarias para realizar trabajos en alturas. Esta evaluación debe ajustarse a los criterios que se establezcan en el respectivo programa de salud ocupacional y a los establecidos en la norma nacional vigente que reglamenta los exámenes médicos pre — ocupacionales, periódicos y de egreso".
  • Según el artículo 3 de la Resolución 2346 de 2007 "Las evaluaciones médicas ocupacionales que debe realizar el empleador público y privado en forma obligatoria son como mínimo, las siguientes:

1. Evaluación médica pre -ocupacional o de pre-ingreso.
2. Evaluaciones médicas ocupacionales periódicas (programadas o por cambios de ocupación).
3. Evaluación médica post-ocupacional o de egreso".

Por todo lo anterior, es obligación del empleador asumir el costo de las evaluaciones médicas ocupacionales y de la capacitación de los trabajadores que realicen trabajos en alturas.

Es importante tener en cuenta, que el empleador debe proporcionarle el tiempo a los trabajadores que realicen trabajos en alturas, para su capacitación.

El presente concepto se expide con fundamento en el artículo 25. del Código Contencioso Administrativo.

Cordialmente,

ANA MARIA CABRERA VIDELA
Directora General de Riesgos Profesionales