A partir del año gravable 2017 rige la aplicación de la tarifa del 9% por concepto del impuesto sobre la renta y complementarios derivado de los servicios hoteleros señalados en el artículo 207-2 del ET, siempre y cuando se cumplan las condiciones previstas en el artículo 1.2.1.22.13 del Decreto 1625 de 2016.
DIAN
Concepto 5842
Marzo de 17 2017
A partir del año gravable 2017 rige la aplicación de la tarifa del 9% por concepto del impuesto sobre la renta y complementarios derivado de los servicios hoteleros señalados en el artículo 207-2 del ET, siempre y cuando se cumplan las condiciones previstas en el artículo 1.2.1.22.13 del Decreto 1625 de 2016.