La DIAN precisa que a las declaraciones de retención en la fuente presentadas a partir de la vigencia de la Ley 1819 de 2016 les son aplicables los incisos 2 y 5 del artículo 580-1 del ET, los cuales indican que dichas declaraciones tendrán efectos legales siempre y cuando sean pagadas en su totalidad dentro de los dos meses siguientes a la fecha del vencimiento del plazo para declarar.
DIAN
Concepto 006102
Marzo 21 de 2017
La DIAN precisa que a las declaraciones de retención en la fuente presentadas a partir de la vigencia de la Ley 1819 de 2016 les son aplicables los incisos 2 y 5 del artículo 580-1 del ET, los cuales indican que dichas declaraciones tendrán efectos legales siempre y cuando sean pagadas en su totalidad dentro de los dos meses siguientes a la fecha del vencimiento del plazo para declarar.