El CTCP señala que cualquiera que sea la labor contable que se desarrolle dentro de la empresa, contratada bajo la modalidad de alguna de las opciones que permite el Código Sustantivo del Trabajo, deberá contar con una remuneración, tal como lo establece el artículo 39 de la Ley 43 de 1990; de lo contrario, podría considerarse una práctica de competencia desleal con los otros profesionales de la Contaduría Pública.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 616
Julio 11 de 2017
El CTCP señala que cualquiera que sea la labor contable que se desarrolle dentro de la empresa, contratada bajo la modalidad de alguna de las opciones que permite el Código Sustantivo del Trabajo, deberá contar con una remuneración, tal como lo establece el artículo 39 de la Ley 43 de 1990; de lo contrario, podría considerarse una práctica de competencia desleal con los otros profesionales de la Contaduría Pública.