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Concepto 006418 de 23-03-2017

Los gastos devengados por concepto de contratos de importación de tecnología, patentes y marcas, son deducibles siempre y cuando se haya solicitado ante el organismo oficial competente el registro del contrato correspondiente, dentro de los 6 meses siguientes a la suscripción del mismo.

Fecha de publicación: 23 de marzo de 2017
Concepto 006418 de 23-03-2017
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

DIAN
Concepto 006418
Marzo 23 de 2017

Los gastos devengados por concepto de contratos de importación de tecnología, patentes y marcas, son deducibles siempre y cuando se haya solicitado ante el organismo oficial competente el registro del contrato correspondiente, dentro de los 6 meses siguientes a la suscripción del mismo.

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