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Consejo Técnico: personas naturales no incluirán activos personales para efectos del Decreto 2706

En su Concepto 032 de junio 27 de 2013 el Consejo Técnico hizo su interpretación al párrafo 14.2 del marco normativo contable del Decreto 2706 de 2012, para concluir que en la contabilidad de un microempresario solo deben figurar los activos, directamente relacionados con la microempresa.

Consejo Técnico: personas naturales no incluirán activos personales para efectos del Decreto 2706
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

En su Concepto 032 de junio 27 de 2013 el Consejo Técnico hizo su interpretación al párrafo 14.2 del marco normativo contable del Decreto 2706 de 2012, para concluir que en la contabilidad de un microempresario solo deben figurar los activos, directamente relacionados con la microempresa.

La Norma (haz click en la imagen para ampliar)

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