La Supersociedades aclaró en el Oficio 220-009599 de 2017 si existe inhabilidad para que el accionista de una sociedad que a la vez es contador público certifique los estados financieros de la compañía en calidad de contador. En este editorial compartimos las conclusiones de la Supersociedades.
La Supersociedades aclaró en el Oficio 220-009599 de 2017 si existe inhabilidad para que el accionista de una sociedad que a la vez es contador público certifique los estados financieros de la compañía en calidad de contador. En este editorial compartimos las conclusiones de la Supersociedades.