Por el cual se modifica el artículo 20 del Decreto 4400 de 2004 , sobre los Comité de Entidades sin Ánimo de lucro
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
DECRETO NÚMERO 300
04 FEB 2009
Por el cual se modifica el artículo 20 del Decreto 4400 de 2004
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las consagradas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución política
DECRETA
ARTÍCULO 1. Modificase el artículo 20 del Decreto 4400 de 2004, el cual queda así:
“ARTÍCULO 20. Comité de Entidades sin Ánimo de lucro. El Comité de Entidades sin Ánimo de Lucro estará integrado por el Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado, quien lo presidirá, el Director de Impuestos y Aduanas Nacionales o su delegado, el Director de Gestión de Aduanas o su delegado y el Director de Gestión de Fiscalización o su delegado, quien ejercerá las funciones de Secretario del Comité.”
ARTÍCULO 2. VIGENCIA. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D. C., a los 04 FEB 2009
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
OSCAR IVÁN ZULUAGA ESCOBAR
Ministerio de Hacienda y Crédito Público