Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2271 de 2009 sobre la deducción a los trabajadores de los aportes obligatorios al Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Ministerio de hacienda y Crédito
Decreto 3655
23-09-2009
Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2271 de 2009.
El Ministro del Interior y de Justicia de la República de Colombia, Delegatario de Funciones Presidenciales Mediante Decreto No. 3542 del 16 de Septiembre de 2009,
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política, y en desarrollo de los artículos 365 y 387 del Estatuto Tributario.
DECRETA
Artículo 1. Modificase el inciso primero del artículo 3 del Decreto 2271 de 2009, el cual queda así:
«Artículo 3. Deducción de los aportes obligatorios. El valor a cargo del trabajador en los aportes obligatorios al Sistema General de Seguridad Social en Salud es deducible. Para la disminución de la base de retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta, el valor a deducir mensualmente se obtiene de dividir el aporte total realizado por el trabajador asalariado en el año inmediatamente anterior o el aporte que aparezca en el certificado vigente entregado por el trabajador, por doce (12) o por el número de meses a que corresponda si es inferior a un año.»
Artículo 2. Vigencia y derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el artículo 5 del Decreto 2271 de 2009.
Publíquese y Cúmplase
Dado en Bogotá D.C., a los 23-09-2009.
OSCAR IVÁN ZULUAGA ESCOBAR
Ministro de Hacienda y Crédito Público