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Gobierno reduce universo de obligados a cumplir el registro de bases de datos ante Superindustria

El Gobierno expidió el Decreto 090 del 18 de enero de 2018, en el que reduce el número de personas jurídicas obligadas a inscribirse en el registro nacional de bases de datos de la Superindustria.

Fecha de publicación: 22 de enero de 2018
Gobierno reduce universo de obligados a cumplir el registro de bases de datos ante Superindustria
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

El Gobierno expidió el Decreto 090 del 18 de enero de 2018, en el que reduce el número de personas jurídicas obligadas a inscribirse en el registro nacional de bases de datos de la Superindustria.

Quienes continúan con el deber de registrar sus bases de datos son las sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a 100.000 UVT, es decir, 3.316 millones de pesos. También deben hacerlo todas las entidades públicas.

No están obligadas a hacer este registro las sociedades y entidades sin ánimo de lucro catalogadas como micro y pequeñas empresas, ni las personas naturales.

Los plazos establecidos para realizar el registro de las bases de datos son tres: el primero de ellos es para las sociedades y entidades sin ánimo de lucro con activos por más de $20.225.160, que deberán registrar sus bases de datos a más tardar el 30 de septiembre de 2018.

En segunda instancia, las sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a 3.316 millones de pesos y hasta 20.225 millones de pesos tendrán plazo de realizar el registro hasta el 30 de noviembre de este año.

El tercer plazo vence el 31 de enero de 2019 y corresponde a las entidades públicas.

Fuente: Superindustria.