Actualización en la Reforma Tributaria 2010 – Parte 2
En esta segunda parte se toca la normatividad que deben tener en cuenta los damnificados por el invierno quienes podrán restar en la renta presuntiva los bienes afectados de forma especial. De igual manera, se establece que a partir de 2014 algunos costos y gastos pagados, en efectivo, no serán deducibles de renta. También se crea el descuento del impuesto sobre la renta por sobre tasa de energía eléctrica.
Fecha de publicación:
2 de mayo de 2011
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.
Sobre esta conferencia…
Esta conferencia fue grabada el pasado mes de febrero durante el Seminario de Actualización 2011: Reforma Tributaria, Ley de Formalización y Generación de Empleo, Impuesto al Patrimonio y otras novedades.
Esta conferencia el Seminario de Actualización 2011: Reforma Tributaria, Ley de Formalización y Generación de Empleo, Impuesto al Patrimonio y Otras Novedades.
En esta segunda parte se toca la normatividad que deben tener en cuenta los damnificados por el invierno quienes podrán restar en la renta presuntiva los bienes afectados de forma especial. De igual manera, se establece que a partir de 2014 algunos costos y gastos pagados, en efectivo, no serán deducibles de renta. También se crea el descuento del impuesto sobre la renta por sobre tasa de energía eléctrica.
Temario:
Aplicación en el tiempo de los cambios introducidos por las reformas
Se amplió la lista de Entidades No contribuyentes No declarantes
Se modificó la lista de Ingresos que no se consideran de Fuente Nacional, y se les fijaron nuevas tarifas de retención
Se modificó la lista de Ingresos no gravados
En el 2011 empezará el rechazo de costos con independientes que no coticen a seguridad social
Desde julio de 2010 se puso limite para los pagos no constitutivos de salario
Se modificó la deducción del pago del impuesto del G.M.F.
Se permitirá deducir las cuotas de afiliación a los gremios
Los damnificados del invierno podrán deducir las pérdidas de sus activos fijos o movibles
Se elimina la deducción por inversión en activos fijos productivos
Los damnificados del invierno podrán restar en la Renta presuntiva los bienes afectados pero de forma especial
Se establece que a partir del 2014 algunos costos y gastos pagados en efectivo no serán deducibles en renta
Se crea el descuento del impuesto sobre la Renta por sobre tasa de energía eléctrica
Se modifica el descuento del impuesto sobre la Renta por impuestos pagados en el exterior
Se crea el descuento del impuesto sobre la Renta por generación de nuevos empleos
Se redujeron las sanciones de algunos procesos del Régimen de Precios de Transferencia
Se modificó la lista de Bienes que no se consideran poseídos en Colombia
Se modificó la Retención en la fuente a título de renta sobre ingresos recibidos del exterior
Se establece que algunos agentes de retención tendrán que usar a los bancos para practicar tales retenciones
Se establece retención especial a los independientes con un solo contrato de prestación de servicios