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[ORO] Liquidador de procedimiento 2 con porcentaje fijo para la retención sobre salarios en diciembre de 2020

En esta herramienta de Excel se ilustran los cálculos que deben realizarse en diciembre de 2020 para obtener el porcentaje fijo de retención que se aplicará a los pagos durante el semestre enero-junio de 2021.

Igualmente, se expone la depuración de los pagos en el primer mes de dicho semestre.

Fecha de publicación: 1 de diciembre de 2020
[ORO] Liquidador de procedimiento 2 con porcentaje fijo para la retención sobre salarios en diciembre de 2020
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

En esta herramienta de Excel se ilustran los cálculos que deben realizarse en diciembre de 2020 para obtener el porcentaje fijo de retención que se aplicará a los pagos durante el semestre enero-junio de 2021.

Igualmente, se expone la depuración de los pagos en el primer mes de dicho semestre.

De acuerdo con el artículo 386 del Estatuto Tributario –ET–, los empleadores que durante el primer semestre de 2021 apliquen el procedimiento 2 de retenciones en la fuente sobre los salarios y demás pagos laborales que cancelen a sus trabajadores tendrán que definir en diciembre de 2020 cuál será el porcentaje fijo que aplicarán a los pagos gravables de sus trabajadores durante cada uno de los meses del semestre enero-junio de 2021.

Aplicación del procedimiento 2

Cabe anotar que este procedimiento 2 solo tiene aplicación cuando se van a efectuar pagos a aquellas personas con las que se tiene una relación laboral, pues, en el caso de los que cobran honorarios o servicios y manifiesten no haber mantenido subcontratadas a 2 o más personas naturales, el procedimiento que siempre se les aplicaría es el que corresponde al procedimiento 1 (ver artículos 383 y 388 del ET, reglamentados con el Decreto 359 de marzo 5 de 2020; para más detalles, véase nuestra herramienta: Retención en la fuente con procedimiento 1 sobre rentas de trabajo durante 2020).

Es importante recordar que el artículo 1.2.4.1.1 del DUT 1625 de 2016 establece que, para calcular el porcentaje fijo, se debe utilizar la misma tabla del artículo 383 del ET que existirá durante el año gravable en el cual se practicará la respectiva retención, lo cual implica que en este caso se tendrá que usar la tabla que regirá durante 2021 (la misma que rigió durante 2020, pues el artículo 383 del ET no fue modificado con reformas tributarias del año 2020 que apliquen para 2021). Sin embargo, respecto del valor de la UVT a utilizar dentro de dicha tabla, el parágrafo del artículo 1.2.4.1.4 del DUT 1625 de 2016 establece que se deberá usar la del año en que se efectúa el cálculo, en este caso la UVT del año 2020.

Definición del porcentaje fijo

Para la definición del porcentaje fijo, los empleadores deberán tomar, en el mes de diciembre de 2020, el total de los pagos laborales de los 12 meses anteriores a dicha fecha (diciembre de 2019 a noviembre de 2020).

Luego, deberán hacer las depuraciones permitidas por la norma vigente en diciembre de 2020 (ingresos no gravados, deducciones, rentas exentas, etc.), para con ello obtener un salario mensual promedio gravable en los 12 meses anteriores.

Ese salario mensual promedio gravable de los últimos 12 meses se busca en la tabla del artículo 383 del ET. En dicha tabla se obtiene el porcentaje fijo de retención que se ha de aplicar en cada uno de los 6 meses del semestre enero-junio de 2021.

Por consiguiente, en las hojas de trabajo que componen este archivo elaborado por nuestro líder de investigación, el Dr. Diego Guevara Madrid, se establece el modelo de los cálculos que se necesitarán hacer durante diciembre de 2020 para obtener el porcentaje fijo de retención que se ha de aplicar a los pagos mensuales gravables de los trabajadores asalariados durante el semestre enero-junio de 2021, e igualmente se ilustra lo que sería la depuración de los pagos en el primer mes del semestre siguiente (enero de 2021) y la aplicación del porcentaje definido en diciembre.

Descarga aquí nuestro liquidador en Excel: Porcentaje fijo de retención en la fuente sobre salarios en diciembre de 2020 – procedimiento 2.

Te invitamos a revisar el siguiente video, en el que el Dr. Diego Guevara Madrid expone cuál es la diferencia entre el procedimiento 1 y el procedimiento 2 y cómo se realiza el proceso para determinar el porcentaje fijo para el cálculo de la retención en la fuente.

[Mowplayer-Video ID=DEHgKSrban4]

Ahora bien, si deseas revisar qué debes tener en cuenta para realizar la retención en la fuente por el procedimiento 1, te invitamos a revisar nuestro Liquidador de retención en la fuente con procedimiento 1 sobre rentas de trabajo durante 2021.

Además de acceder a este formato con tu suscripción Básica, Oro o Platino, puedes ingresar a nuestro formato Comparativo de normas afectadas con la Ley de crecimiento económico 2010 de diciembre 27 de 2019 (elaborado también por nuestro líder de investigación tributaria, Diego Guevara Madrid), en el que presentamos en versión comparativa los textos de las 239 normas que resultaron afectados con la Ley de crecimiento económico 2010 de diciembre 27 de 2019. En este podrás contrastar cuál era la versión de cada norma y cómo quedó después de dicha ley, y tendrás resaltadas en color las partes donde se introdujeron novedades.

También te compartimos el formato Comparativo de normas tributarias afectadas con las leyes 2068, 2069 y 2070 de diciembre 31 de 2020 (elaborado por el mismo autor) que muestra alrededor de 23 normas contenidas en el Estatuto Tributario que fueron modificadas por diferentes leyes emitidas el 31 de diciembre de 2020.

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