En esta publicación se mencionan aspectos importantes en relación con los procesos contables que se asocian a la emisión de la factura electrónica, la cual se encuentra regulada por la Resolución 000042 de mayo 5 de 2020
En esta publicación se mencionan aspectos importantes en relación con los procesos contables que se asocian a la emisiónde la factura electrónica, la cual se encuentra regulada por la Resolución 000042 de mayo 5 de 2020
De acuerdo con el artículo 615 del Estatuto Tributario –ET– y los artículos 6 y 8 de la Resolución 000042 de 2020, se encuentran obligados a expedir factura electrónica con validación previa, por todas y cada una de las operaciones que realicen, los sujetos señalados en el artículo 1.6.1.4.2 del DUT 1625 de 2016.
En esta publicación te presentamos 5 repuestas importantes que te ayudarán a resolver dudas sobre facturación electrónica:
Reconocimiento contable de las facturas emitidas
La factura electrónica de venta tendrá reconocimiento para efectos tributarios cuando se le adjunte el documento electrónico de validación firmado por la Dian; sin dicha validación, no produce efectos tributarios y, por lo tanto, no podrá ser considerada como documento soporte de costos, gastos, deducciones, descuentos, exenciones, pasivos ni impuestos descontables, de acuerdo con lo mencionado en el artículo 1.6.1.4.15 del DUT 1625 de 2016.
En el siguiente video, el Dr. Juan Fernando Mejía, especialista en Estándares Internacionales e Impuestos, explica con un ejemplo práctico por qué no todas las facturas emitidas se pueden reconocer como ingresos y cómo se debe realizar el reconocimiento de dichas facturas bajo los Estándares Internacionales.
Registro contable y fiscal de las diferencias en gastos no soportados en la factura electrónica
El Dr. Juan Fernando Mejía, especialista en Estándares Internacionales e Impuestos, da a conocer cuál es el tratamiento contable y fiscal que se le da a la diferencia del 30 % de los gastos no soportados en factura electrónica, según lo mencionado en el artículo 616-1 del ET.
Menciona, adicionalmente, cuál es el tratamiento de los gastos no soportados en factura electrónica y qué relación tiene el checklist de auditoria tributaria, la CINIIF 23 y el formato 2516 con dicho proceso.
Amortización de gastos bajo los Estándares Internacionales
En esta publicación, el Dr. Juan Fernando Mejía explica en detalle cómo se amortizan los gastos como las comisiones, costos de transacción o los gastos de mantenimiento bajo los Estándares Internacionales.
Es importante mencionar que se debe emitir factura para cobrar determinadas comisiones u honorarios. De acuerdo con los párrafos 91 al 94 de la NIIF 15, las comisiones ya no son consideradas gastos, con la finalidad de no erosionar la base fiscal.
Factura por venta de energía por biomasa generada por un ingenio
En esta publicación se da a conocer si el incumplimiento de un contrato con un proveedor habitual con el que se tiene un contrato a largo plazo hace que la empresa incurra en gastos adicionales.
¿Se puede evitar que la empresa emita factura por el servicio incompleto prestado? Además, ¿se puede hacer responsable a la empresa por los gastos adicionales obtenidos?
Tratamiento contable de inmueble comprado por un precio inferior al del mercado
El Dr. Juan Fernando Mejía explica el tratamiento contable de la compra de un inmueble adquirido por un precio inferior al del mercado, siguiendo lo establecido en el párrafo 24 de la NIC 16 y el párrafo 17.13 del Estándar para Pymes.
Es importante mencionar que, si el vendedor de un bien raíz es una persona natural o jurídica y adicionalmente no le aplica ninguna de las exoneraciones del artículo 616-2 del Estatuto Tributario –ET– y el artículo 2 del Decreto 1001 de 1997, está obligado a facturar la venta del inmueble con su respectivo INC, incluso con la nueva facturación electrónica.