Los obligados a facturar electrónicamente podrán expedir directamente la factura electrónica o contratar los servicios de los proveedores tecnológicos autorizados por la DIAN, los cuales deben cumplir con unos requisitos para adquirir dicha condición y durante el tiempo que ofrezcan sus servicios.
Los obligados a facturar electrónicamente podrán expedir directamente la factura electrónica o contratar los servicios de los proveedores tecnológicos autorizados por la DIAN, los cuales deben cumplir con unos requisitos para adquirir dicha condición y durante el tiempo que ofrezcan sus servicios.
Aunque la DIAN aún no ha seleccionado los obligados a facturar electrónicamente conforme a lo establecido en el Decreto 2242 del 2015, una vez dicha entidad elija las personas naturales y jurídicas que deban facturar electrónicamente, estas tendrán dos posibilidades para cumplir con tal disposición: expedir directamente la factura electrónica o contratar los servicios de los proveedores tecnológicos autorizados por la DIAN. Estos proveedores podrán ofrecer sus servicios solo si cumplen con lo señalado en el decreto en mención y según las condiciones de operatividad tecnológica que establezca la DIAN.
El obligado a facturar electrónicamente que decida contratar un proveedor electrónico, debe tener presente que estos son autorizados por la DIAN por períodos de 5 años; sin embargo, dicha autorización puede ser renovada por términos iguales. De este modo, los proveedores que han sido autorizados por la DIAN, podrán ser consultados en el Catálogo de Participantes de Factura Electrónica, siendo una ventaja, saber que estos no podrán ceder la autorización otorgada por la DIAN.
Por otra parte, el obligado a facturar electrónicamente deberá actualizar su habilitación para expedir factura electrónica cuando decida cambiar de proveedor tecnológico o si la DIAN decide cancelar o no renovar la autorización de su proveedor tecnológico. Ante las dos últimas situaciones contempladas, el obligado a facturar electrónicamente deberá registrar ante la DIAN un nuevo proveedor tecnológico o facturar electrónicamente en forma directa.
Para que un proveedor tecnológico sea autorizado por la DIAN debe cumplir los siguientes requisitos:
Los requisitos anteriormente enunciados no solo deben cumplirse en el momento de presentar la solicitud de autorización ante la DIAN, sino también durante el tiempo en que el proveedor tecnológico ofrezca sus servicios de facturación electrónica.