En enero de 2016 fui contratado por una empresa mediante contrato de trabajo la cual me ofreció un salario integral por valor de 6.500.000 mensuales, ¿la suma recibida obedece en realidad a un salario integral?
En enero de 2016 fui contratado por una empresa mediante contrato de trabajo la cual me ofreció un salario integral por valor de 6.500.000 mensuales, ¿la suma recibida obedece en realidad a un salario integral?
La Dra. Natalia Jaimes menciona que para dar respuesta al interrogante se debe estudiar lo dispuesto en el artículo 132 del Código Sustantivo del Trabajo, norma que establece la forma a convenir el salario. En consonancia con esto, es importante aclarar que el salario integral deberá corresponder a 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes (aspecto salarial), más el factor prestacional que deberá ser del 30%. En ese sentido todo salario, para poder catalogarse como salario integral deberá estar para el año 2017 en $9.590.321, valor que debe guardar la proporcionalidad de la parte salarial y el componente prestacional.