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Reforma Tributaria: Todo un revolcón normativo: Cambios en impuesto de renta en personas jurídicas y responsabilidad con el CREE

Aquí analizamos entre otros temas la clasificación entre entes nacionales y extranjeros. Las sociedades y entes jurídicos serán nacionales si cumplen ciertas características de los artículos 12 y 12-1 del E.T.

Fecha de publicación: 9 de abril de 2013
Reforma Tributaria: Todo un revolcón normativo: Cambios en impuesto de renta en personas jurídicas y responsabilidad con el CREE
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Sobre esta conferencia…

Analizamos la clasificación entre entes nacionales y extranjeros. Las sociedades y entes jurídicos serán nacionales si cumplen ciertas características de los artículos 12 y 12-1 del E.T.

Las extranjeras pueden obtener sus rentas con o sin establecimientos permanentes; entiéndase con o sin sucursales, agencias, oficinas, minas, o incluso un representante con poderes, como lo indican los arts. 12, 20, 20-1, 20-2 del E.T.

En este capítulo también se explica que las copropiedades pueden quedar en el Régimen Especial, la prima en colocación de acciones ya no será un ingreso y los diversos cambios en Gastos Deducibles, entre otros.

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