En este capítulo se explica que las personas naturales ya no tendrán NIT sino NISS. El art. 16 de la Ley 1607 modificó el art. 555-1 del E.T. agregándole un parágrafo en el que se indica que las personas naturales, no incluye sucesiones ilíquidas, ya no se identificarán con NIT.
Sobre esta conferencia…
En este capítulo se explica que las personas naturales ya no tendrán NIT sino NISS. El art. 16 de la Ley 1607 modificó el art. 555-1 del E.T. agregándole un parágrafo en el que se indica que las personas naturales, no incluye sucesiones ilíquidas, ya no se identificarán con NIT.
De igual manera se presenta una oportunidad de presentar, otra vez sin sanciones, las declaraciones de retención que se dieron por no presentadas. Además, se cambió la periodicidad para expedir las resoluciones de exógena tributaria.
Otras conferencias sobre el tema