El régimen simple de tributación fue creado con la Ley 1943 de 2018 y ratificado con la Ley 2010 de 2019, con el propósito de formalizar a muchos contribuyentes y brindar ventajas y garantías tributarias para algunos.
El régimen simple de tributación fue creado con la Ley 1943 de 2018 y ratificado con la Ley 2010 de 2019, con el propósito de formalizar a muchos contribuyentes y brindar ventajas y garantías tributarias para algunos.
La Ley 1943 de 2018 creó el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación a través de su artículo 66, y fue retomado por el artículo 74 de la Ley 2010 de 2019.
El propósito de este impuesto es reducir las cargas formales y sustanciales, impulsar la formalidad, simplificar y facilitar el cumplimiento de la obligación tributaria de los contribuyentes que opten voluntariamente por acogerlo.
El artículo 903 del Estatuto Tributario –ET– establece que el impuesto unificado bajo el régimen simple es un modelo de tributación opcional de determinación integral, de declaración anual y anticipo bimestral, que sustituye el impuesto sobre la renta e integra el impuesto nacional al consumo y el impuesto de industria y comercio consolidado a cargo de los contribuyentes.
Según el artículo 1.6.1.13.2.51 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el Decreto 1680 de 2020, los contribuyentes del SIMPLE que sean responsables del IVA deberán presentar la declaración anual consolidada por concepto de dicho impuesto correspondiente al año gravable 2020 a más tardar entre el 22 y el 26 de febrero de 2021, de acuerdo con el último dígito del NIT del declarante, así:
(En este punto podrás encontrar el tiempo exacto en el que es abordado cada tema en la Sesión de Actualización)