El Estatuto Tributario contempla como sanciones relacionadas con la facturación a aquellas por expedir facturas sin requisitos y por no facturar. Dichas sanciones corresponden al 1% del valor facturado y el cierre del establecimiento de comercio respectivamente.
El Estatuto Tributario contempla las siguientes sanciones relacionadas con la facturación:
Si se reincide en la expedición de facturas sin los requisitos antes enunciados, la DIAN puede aplicar la sanción de clausura del establecimiento de comercio, oficina, consultorio, y en general, el sitio donde se ejerza la actividad, profesión u oficio (ver los artículos 652 y 657 del ET).
Un aspecto que se debe tener en cuenta en las causales de sanción antes enunciadas es que dos funcionarios designados por el jefe de la División de Fiscalización deben dar constancia de la infracción mediante un acta (que se expidan facturas sin el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley o que no se expidan sobre transacciones que sí se deben hacer), la cual servirá de base en la discusión, motivo por el que en dicha etapa no se pueden dar explicaciones o versiones distintas a las registradas en esta.