La Superfinanciera actualizó el monto sobre el cual debe proceder el beneficio de inembargabilidad sobre las cuentas de ahorros de las personas naturales.
La Superfinanciera actualizó el monto sobre el cual debe proceder el beneficio de inembargabilidad sobre las cuentas de ahorros de las personas naturales.
La entidad reveló las reglas de juego en materia de órdenes de embargo provenientes por parte de autoridades judiciales y administrativas. La Superfinanciera actualizó los límites de inembargabilidad, indicando que: «A partir del 1 de octubre los saldos en las cuentas de ahorros para poder ser embargables deben superar los $36.050.000».
La cifra a partir de la cual se puede embargar la cuenta de ahorros de una persona natural aumentó un 3,36 %, pasando de $34.878.178 a $36.050.000. Las cuentas de ahorros que superen el monto anteriormente mencionado podrán ser embragadas.