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Supersociedades emite circular sobre cómo se respaldará la mención sobre cumplimiento de derechos de autor en el informe de gestión

La nueva circular 300-00002 de mayo 6 de 2010 establece que los administradores deberán dejar la evidencia necesaria con la cual se respalde la mencion que hagan en sus informes de gestión respecto a que la sociedad sí está cumpliendo con las normas sobre derechos de autor. De no dejar esas evidencias, la Supersociedades impondrá sanciones administrativas adicionales a las penales.

Fecha de publicación: 19 de mayo de 2010
Supersociedades emite circular sobre cómo se respaldará la mención sobre cumplimiento de derechos de autor en el informe de gestión
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

La nueva circular 300-00002 de mayo 6 de 2010 establece que los administradores deberán dejar la evidencia necesaria con la cual se respalde la mención que hagan en sus informes de gestión respecto a que la sociedad sí está cumpliendo con las normas sobre derechos de autor. De no dejar esas evidencias, la Supersociedades impondrá sanciones administrativas adicionales a las penales.

Contenido:

  • Circular Externa 300-000002 de 06-05-2010
  • Repaso sobre las normas que establecen el contenido del Informe de Gestión de los Administradores
  • Comentarios sobre la nueva circular 300-000002 de Mayo 6 de 2010 de la Supersociedades

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