A pesar que la Supersociedades y el Consejo Técnico han dicho que este libro no es obligatorio sino opcional, el Consejo de Estado en su fallo de septiembre 13 de 2012 para el expediente 17772, le dió la razón a la DIAN indicando que sí es obligatorio para todos los comerciantes. Además, cuando la Supersociedades detecta que alguien lleva este libro, le exige imprimir allí, al final del año, el Balance General y el Estado de Resultados con el máximo detalle (a nivel de cuenta auxiliar y tercero).
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