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Trámite a realizar ante la EPS cuando no se expide el concepto desfavorable de rehabilitación

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

¿Si una persona tiene cáncer y la EPS no la incapacita ni le expide el concepto desfavorable de rehabilitación, qué otro mecanismo puede utilizar para acudir ante la junta de calificación de invalidez?

Fecha de publicación: 9 de abril de 2018
Trámite a realizar ante la EPS cuando no se expide el concepto desfavorable de rehabilitación
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

¿Si una persona tiene cáncer y la EPS no la incapacita ni le expide el concepto desfavorable de rehabilitación, qué otro mecanismo puede utilizar para acudir ante la junta de calificación de invalidez?

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, menciona que, para dar respuesta a la consulta, se debe estudiar el Decreto 1352 de 2013.

En la citada normatividad, se establece que, si una persona no ha sido calificada en primera instancia por las juntas regionales, o se encuentra en desacuerdo con el puntaje obtenido, puede dirigirse ante la Junta Nacional para que evalué el proceso.

Es de anotar que, después de que el trabajador es calificado por la Junta Nacional de Invalidez, no existe otra instancia. Por lo tanto, si el trabajador continúa en desacuerdo con la evaluación, lo que puede hacer es interponer una demanda ante la justicia ordinaria laboral.