El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió el Decreto 2158 de 2017 con el objetivo de reglamentar programas y descuentos para promover el turismo de interés social y beneficiar a las poblaciones más vulnerables en aras de que puedan realizar actividades de sano esparcimiento.
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió el Decreto 2158 de 2017 con el objetivo de reglamentar programas y descuentos para promover el turismo de interés social y beneficiar a las poblaciones más vulnerables en aras de que puedan realizar actividades de sano esparcimiento.
El gobierno nacional a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió el Decreto 2158 del 20 de diciembre de 2017 con el que se adicionó un nuevo capítulo al Decreto único reglamentario del sector comercio, industria y turismo y cuyo objetivo es reglamentar programas y descuentos para promover el turismo de interés social, es decir, para las poblaciones más vulnerables en aras de que puedan realizar actividades de sano esparcimiento, recreación, deporte y desarrollo cultural de manera adecuada
Son beneficiarios las personas que pertenezcan a los estratos 1 y 2, en especial los carnetizados de los niveles I y II del Sisbén y que además se encuentren categorizados a continuación:
Cuando los bienes del Estado vayan a ser utilizados con fines turísticos sus contratos deberán incluir cláusulas que comprometan al concesionario, arrendatario o administrador a promover y aplicar descuentos de siquiera el 10 % sobre la tarifa plena ofrecida, para los beneficiarios mencionados anteriormente. Los descuentos especiales no pueden afectar los recursos indispensables para el funcionamiento de las entidades administradoras y las destinaciones específicas que se encuentren previstas en las leyes.
Los contratos de concesión, arrendamiento, operación hotelera o cualquier otra forma de administración que se hayan celebrado antes de la entrada en vigencia del decreto deberán ser modificados al momento de su renovación.