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Uso de dispositivos electrónicos de seguridad en operaciones de comercio exterior fue regulado

La Dian estableció las características y elementos técnicos de los dispositivos electrónicos de seguridad utilizados en el seguimiento y control de las operaciones de comercio exterior.

Fecha de publicación: 26 de marzo de 2018
Uso de dispositivos electrónicos de seguridad en operaciones de comercio exterior fue regulado
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

La Dian estableció las características y elementos técnicos de los dispositivos electrónicos de seguridad utilizados en el seguimiento y control de las operaciones de comercio exterior.

Estos deberán contar con una terminal móvil de datos diseñada específicamente para prestar servicios de seguimiento y control remoto o telemático a la mercancía, la carga, la unidad de carga o los medios de transporte, para así asegurar la carga gracias a un monitoreo las 24 horas en tiempo real.

Por otra parte, la entidad define las facultades, los requisitos y la forma de selección de los operadores que vayan a proveer el servicio a los obligados a instalarlos.

De igual forma, se fijan las características de los dispositivos de seguridad, las capacidades técnicas mínimas y el manejo de dichas herramientas. Finalmente, señala que estas disposiciones entrarán a regir a los 15 días comunes siguientes a su publicación en el Diario Oficial.

Fuente: Dian.