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Vidas útiles fiscales pueden usarse en algunos casos

La depreciación es un elemento de gran importancia a la hora de medir los resultados de una entidad. Para calcular la depreciación se requieren dos importantes estimaciones, que son la vida útil y el valor residual. Veamos en qué casos se pueden usar vidas útiles fiscales.

Vidas útiles fiscales pueden usarse en algunos casos
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

La depreciación es un elemento de gran importancia a la hora de medir los resultados de una entidad. Para calcular la depreciación se requieren dos importantes estimaciones, que son la vida útil y el valor residual. Veamos en qué casos se pueden usar vidas útiles fiscales.

El glosario del Estándar Internacional  define la vida útil como el tiempo por el cual la entidad espera obtener beneficios económicos provenientes de un activo.

De la definición anterior se concluye, en primera instancia, que la vida es una estimación de la administración, pues es ella quien puede argumentar las razones por las cuales espera usar un activo durante un tiempo determinado.

Con frecuencia se confunde la vida útil con la vida económica. La primera, como se dijo anteriormente, hace referencia a una estimación de uso por parte de la administración; mientras que la segunda se define como la sumatoria de todas las vidas útiles que puede tener un activo mientras esté en uso, aunque sea por parte de varias entidades.

Caso práctico

Abelardo compró un carro nuevo, y lo utilizó por 5 años, al cabo de los cuales se lo vendió a Ruperto, quien lo utilizó por un periodo de 7 años. Al cabo de estos doce años, Ruperto se lo vendió a Libardo, quien lo usó por espacio de seis años, luego se lo regaló a su hija Nancy, quien lo usó por cuatro años, hasta que se lo vendió a su prima Maria Elena, quien lo usó por 10 años, luego a este se le dañó el motor y acto seguido fue chatarrizado.

“La sumatoria de todas las vidas útiles se denomina vida económica, y es el tiempo por el cual el activo genera beneficios a sus diferentes dueños”

Ley 1819 de 2016), el efecto sobre las utilidades es el siguiente:

Costo:                                    $4.000.000.000
Vida útil:                               5 años
Depreciación anual:            $800.000.000

Con este valor de depreciación, las utilidades de la entidad, serían de apenas 20 millones anuales durante los primeros cinco años.

Si la entidad usa una vida útil más larga (por ejemplo 10 años) y estima adecuadamente el valor residual (por ejemplo $1.000.000.000) entonces el efecto de la depreciación sobre las utilidades es el siguiente:

Valor depreciable: Costo – Valor residual = $4.000.000.000 – $1.000.000.000 = $3.000.000.000
Depreciación anual = Valor depreciable / vida útil = $3.000.000.000 / 10 = $300.000.000

En este segundo caso, la depreciación anual es de solo 300 millones, y las utilidades antes de impuestos serían de $520 millones anuales.

Ejemplo 2

Una entidad adquiere un vehículo para uso de la administración. Es un Chevrolet Camaro modelo 2018, rojo escarlata, personalizado, con un costo de $220 millones. Las utilidades anuales de la entidad promedian los $820 millones.

Si la entidad utiliza un modelo de depreciación con vida útil de 5 años y sin valor residual (como era la depreciación fiscal antes de la Ley 1819 de 2016), entonces la depreciación anual se calcularía así:

Costo:                                  $220.000.000
Vida útil:                             5 años
Depreciación anual:         $44.000.000

Si la entidad usa una vida útil más larga (por ejemplo 10 años) y estima adecuadamente el valor residual (por ejemplo $50.000.000) entonces el efecto de la depreciación sobre las utilidades es el siguiente:

Valor depreciable: Costo – Valor residual = $220.000.000 – $50.000.000 = $170.000.000

Depreciación anual = Valor depreciable / vida útil = $170.000.000 / 10 = $17.000.000

La diferencia entre las dos depreciaciones calculadas es de 27 millones anuales. Si se compara este valor con las utilidades anuales, es de apenas el 3.3%. Lo más probable es que la entidad concluya que esta cifra no es material, y opte por depreciar el vehículo con los parámetros fiscales, lo cual no atenta contra los principios de los Estándares Internacionales, pues no afecta significativamente la razonabilidad de los estados financieros.

CP. Juan David Maya Herrera
Consultor de Estándares Internacionales de Información Financiera
Certificación Internacional por el ICAEW en IFRS Full (NIIF Plenas)

*Exclusivo para Actualícese

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