El Ministerio de Hacienda precisa que los fondos de capital privado son fondos de inversión colectiva (vehículos de inversión), integrados por el aporte de un número plural de personas (inversionistas) y administrados por una sociedad administradora (o un gestor profesional) en los que los inversionistas pueden retirar su inversión cuando se cumpla el plazo previsto para la duración del fondo o en los plazos determinados en el reglamento respectivo. Así pues, toda vez que el fondo de capital privado es un vehículo de inversión a través del cual los inversionistas realizan su actividad económica, no es sujeto pasivo del impuesto de industria y comercio. La actividad de quienes realicen las inversiones en los fondos de capital privado, sí se constituye en una actividad susceptible de ser gravada con el impuesto de industria y comercio, al igual que la desarrollada por la sociedad administradora o el gestor profesional. En el caso de los inversionistas, la base gravable del impuesto de industria y comercio frente a dicha actividad estará constituida por la totalidad de los ingresos que obtengan en su calidad de inversionistas del fondo de capital privado, registrados de acuerdo con las normas tributarias y contables que les resulten aplicables.
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Concepto 041198
Diciembre 01 de 2017
Ministerio de Hacienda precisa que teniendo en cuenta que el fondo de capital privado es un vehículo de inversión a través del cual los inversionistas realizan su actividad económica, no es sujeto pasivo del impuesto de industria y comercio.